Sin pacto con el presunto violador, la Justicia de Rocha lo envió a prisión preventiva
El fiscal Schubert Velázquez no utilizó la vía del juicio abreviado y solicitó realizar un juicio completo
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07 de mayo de 2018 a las 15:55
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La denuncia por este caso había sido presentada el 3 de mayo por un funcionario de Salud Pública que atendió a la adolescente en el Hospital de Rocha. Tras la audiencia que se celebró cinco días después en la que la Justicia accedió a la formalización, se decretó para el hombre 120 días de prisión cautelar. Ese es el tiempo que tendrá el fiscal para recabar las pruebas de cara a la próxima audiencia, la primera del juicio oral y en la que se formalizará la acusación.
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A diferencia de Velázquez, la fiscal Daniela Revello, de Tacuarembó acordó semanas atrás una pena de dos años de cárcel y otro año de libertad vigilada para un hombre de 62 años que violó a una niña de 10; y la fiscal de Paysandú, Estela Long, condenó la semana pasada a dos años de prisión a un padre que abusó, junto a su pareja, de su hija de 16.
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En las reuniones preparativas a la implementación del nuevo proceso penal, los representantes de la Asociación Nacional de Organizaciones No Gubernamentales Orientadas al Desarrollo (Anong) ya planteaban sus reparos a los operadores jurídicos por que se fueran a incluir los delitos sexuales y aquellos vinculados a la violencia doméstica dentro de las posibilidades de los juicios abreviados, tal como hoy lo permite el nuevo Código del Proceso Penal.
Pero no tuvieron suerte: la única restricción que rige hoy para llegar a un acuerdo de este tipo es que la pena que la Fiscalía pide para el acusado sea menor a seis años de penitenciaría, y el Código Penal prevé para los abusos sexuales una pena de dos a doce años de penitenciaría.
La máxima pena para el abuso sexual especialmente agravado, según el Código Penal, es de 12 años de penitenciaría.
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