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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) exigió ayer la liberación de la etarra Inés del Río Prada, con lo que dio por anulada la aplicación retroactiva de la doctrina Parot y abrió la puerta a la liberación de decenas de presos de ETA.

Los magistrados indicaron que Del Río debía ser puesta en libertad “en el más corto plazo” y condenaron a España por su detención prolongada a raíz de la aplicación de la mencionada doctrina.

Según informa El País de Madrid, “la primera consecuencia práctica se dará a conocer hoy, cuando la sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (española) se reúna para decidir sobre la libertad” de Del Río.

El dictamen del TEDH sólo hace referencia Del Río y no al resto de 76 presos cuyo encarcelamiento se ha prolongado por la aplicación de la doctrina Parot.

La decisión de la Gran Cámara del TEDH confirma el veredicto pronunciado en julio de 2012 por el tribunal de Estrasburgo, que es ahora definitivo. Como en el veredicto de 2012, el TEDH reprochó a España el haber aplicado a la demandante Inés del Río Prada de manera retroactiva la nueva jurisprudencia y consideró que España violó en este caso la Convención Europea de Derechos Humanos.

“El Tribunal estima que la demandante no podía ni prever que el Tribunal Supremo aplicaría un cambio de jurisprudencia en febrero de 2006 ni que ese cambio de jurisprudencia le sería aplicado acarreando una postergación de la liberación”, de 2008 a 2017, anunciaron.

“Por tanto, la demandante ha purgado una pena de detención de una duración superior a la que hubiera debido sufrir según el sistema jurídico español en vigencia en el momento de su condena”, consideró el tribunal, que pidió a España que libere a Inés del Río Prada “en el más breve plazo”.

Este veredicto definitivo podría obligar a España a liberar a decenas de presos de la organización separatista armada vasca ETA, y también a reos condenados a largas penas por causas comunes.

La decisión del tribunal se anuncia un día después del segundo aniversario del alto el fuego definitivo anunciado por ETA, responsable de la muerte de 829 personas en más de 40 años de atentados.

El caso Del Río

Hoy Del Río tiene 55 años y fue encarcelada en 1989 a diferentes penas por su participación en diversos atentados. El total de las condenas sumaba más de 3.000 años de cárcel que en la práctica quedaron reducidos a 30 años, el máximo de cumplimiento efectivo, según la legislación española entonces en vigor.

En 2008, el centro penitenciario en el que cumplía condena propuso el mes de julio de ese año como fecha para su liberación tras la aplicación de las redenciones de condena previstas en la legislación por su trabajo en prisión sobre los 30 años.

Pero diversas instancias judiciales rechazaron esta propuesta en virtud de una nueva interpretación judicial –la doctrina Parot– adoptada en 2006 y cuya aplicación retrasa la liberación de Del Río a 2017.

Durante una audiencia celebrada en Estrasburgo en marzo de 2013, la defensa de la etarra solicitó a los jueces que confirmen el veredicto que condena a España. No hacerlo “diluiría la protección del individuo contra la arbitrariedad”, argumentó uno de sus abogados.

Por su parte, los representantes del gobierno español subrayaron que no hubo violación de los derechos de la militante y reprochó al TEDH que se extralimitara en sus funciones al estudiar la manera en que España aplica las de penas.

Indemnización

Entre los debates que protagonizó el TEDH, estuvo sobre la mesa la indemnización que España habrá de abonar a Del Río, punto en el que se registró el mayor desacuerdo de la Gran Sala. La sentencia de julio de 2012 estableció en € 30 mil la indemnización por daños morales y € 1.500 por gastos y honorarios.

Diez magistrados apoyaron esas cifras, mientras que siete expresaron su desacuerdo ya que opinan que la vulneración constatada y la medida solicitada al gobierno “constituyen en sí una indemnización suficiente”. La demandante había solicitado € 60 mil por daños morales.

Por su parte, el ministro de Justicia español, Alberto Ruiz-Gallardón, aseguró que el gobierno no pagará dicha indemnización debido a que “ya adelantó el dinero para las indemnizaciones de las víctimas de los atentados que ella cometió, y por los que está condenada”.

Según El País, Ruiz-Gallardón adelantó que la etarra será embargada.

La doctrina Parot alarga el tiempo en prisión

La denominada doctrina Parot permitió desde 2006 a las autoridades españolas alargar la estadía en la cárcel de decenas de presos, principalmente de la organización armada ETA.
A raíz del caso de un preso etarra llamado Henri Parot, el Tribunal Supremo español aprobó en febrero de 2006, por 12 votos a favor y tres en contra, esta nueva interpretación del sistema de cálculo del descuento de condenas, aplicado por ejemplo por el trabajo realizado en la cárcel.

Hasta entonces, dichas reducciones se aplicaban sobre el tiempo máximo de prisión, fijado en 30 años hasta 2003.

El Tribunal Supremo decidió que los descuentos se aplicasen sobre cada una de las penas lo que, en la práctica, lleva a alargar automáticamente el tiempo de cárcel para presos con condenas múltiples, como es el caso de numerosos miembros de ETA. Muchos de los afectados por esta nueva interpretación, que se disponían a salir de la prisión, presentaron recursos ante el Tribunal Constitucional español.

Según datos del ministerio del Interior español, 54 presos de ETA y 9 de otros grupos armados ahora desarticulados, están afectados por la doctrina, además de 14 delincuentes comunes.

Varias decenas más de presos etarras, unos 80 de sus cerca de 600 miembros, podrían beneficiarse de la supresión de esta medida a mediano o largo plazo. En 2012, el Tribunal Constitucional avaló la aplicación de la doctrina Parot a condición de que la Justicia no hubiese garantizado ya al preso que sus redenciones se descontarían del tiempo máximo de cumplimiento.

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