Camilo dos Santos

Vence la segunda cuota del Impuesto de Primaria ante la DGI: quiénes deben pagarlo

El próximo 31 de agosto vence la segunda cuota de este tributo para los padrones urbanos, suburbanos y rurales sin explotación agropecuaria

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23 de agosto de 2022 a las 14:22

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El próximo 31 de agosto vence la segunda cuota del Impuesto de Primaria, según informó la Dirección General Impositiva (DGI).

Los pagos del Impuesto de Primaria se pueden realizar en los locales de AbitabRedPagos y Correo Uruguayo.

Para padrones urbanos, suburbanos y rurales sin explotación agropecuaria, se puede realizar el pago mencionando el número de padrón o presentando la factura, que se puede descargar aquí. El impuesto puede abonarse en un solo pago o en tres cuotas.

En el caso de padrones rurales con explotación agropecuaria, el pago se determina mediante la presentación del Formulario 3980, disponible en la aplicación Sigma. El pago puede realizarse en el boleto de pago 2901 o en el 2908. El código de pago del impuesto es el 38 (incluye código 450: Impuesto Primaria, código 821: Multa Impuesto Primaria y código 822: Recargos Impuesto Primaria).  

También podrá abonarse en un solo pago o en tres cuotas. El mes cargo que se debe consignar en el boleto de pago es enero del año correspondiente, para las tres cuotas.

Importante 

  • Solo se podrá efectuar el pago del Impuesto de Primaria mediante certificados de crédito en el caso de padrones rurales con explotación agropecuaria.
  • Por la ley de Inclusión Financiera (Ley N.º 19.210 de 29/4/2014), si el monto es superior a 10.000 unidades indexadas (unos $ 55 mil) el pago deberá realizarse mediante la utilización de medios de pagos electrónicos a través de internet. Asimismo, se podrá cancelar con cheques de pago diferidos cruzados, cheques comunes cruzados o letras de cambio cruzadas emitidas por una institución de intermediación financiera, en las redes de cobranza habilitadas.

 La tercera cuota del Impuesto de Primaria vencerá el próximo 31 de octubre. 

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