La Cámara de Casación bonaerense confirmó las condenas de los rugbiers responsables del asesinato de Fernando Báez Sosa en Villa Gesell el 18 de enero de 2020. Aunque corrigieron la calificación legal de alevosía, mantuvieron las penas impuestas: cinco de los acusados recibirán prisión perpetua, mientras que los tres restantes cumplirán 15 años de cárcel.
Los jueces de la Sala II, Fernando Mancini y María Florencia Budiño, consideraron que el crimen de Fernando fue premeditado y cometido con la participación de dos o más personas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 80 del Código Penal.
El homicidio de Fernando ocurrió frente a la discoteca Le Brique después de una discusión en el interior del local. El caso conmocionó al país en 2020 y tres años después, en febrero de 2023, el Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de Dolores dictó las condenas que ahora han sido confirmadas. Máximo Thomsen, Ciro Pertossi, Enzo Comelli, Matías Benicelli y Luciano Pertossi fueron condenados a prisión perpetua, mientras que Ayrton Viollaz, Blas Cinalli y Lucas Pertossi recibieron penas de 15 años como partícipes secundarios.
Las cuestiones de la premeditación y la alevosía
Los jueces de la Cámara de Casación bonaerense determinaron que no estaban probadas las circunstancias necesarias para considerar el crimen como alevoso, a pesar de la descripción del hecho. Por lo tanto, se retiró esa agravante en las condenas. Sin embargo, al mantenerse el agravante de la premeditación, no hubo cambios en las penas impuestas.
Aunque se dio lugar parcialmente al recurso de la Defensa, esto no implicó beneficios para esa parte, ya que se rechazaron los recursos de los fiscales y el particular damnificado.
La siguiente instancia judicial será la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, que deberá pronunciarse si las partes presentan recursos extraordinarios. Se espera que lo hagan, dado que ninguno de los involucrados obtuvo el resultado deseado. Los interesados en apelar a esa instancia tienen un plazo de 10 días para hacerlo.