4 de diciembre 2024
5 de noviembre 2024 - 19:55hs

Los fondos y otros insumos alimentarios que el Gobierno proveía a comedores y merenderos comunitarios siguen siendo objeto de disputa judicial. Este martes, el Ministerio de Capital Humano que conduce Sandra Pettovello apeló el fallo que ordenó mantener los programas de alimentos a merenderos y comedores comunitarios.

El Ministerio consideró en su escrito que la resolución judicial era “arbitraria y contradictoria”. La medida había ordenado al Estado argentino mantener planes y programas destinados a garantizar la alimentación de grupos vulnerables.

En un escrito de 16 páginas, la cartera de Pettovello consideró que el fallo es contradictorio porque primero reconoce que el Estado Nacional puede determinar qué planes concretos desarrollar y luego le ordena continuar con los existentes.

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“Tal razonamiento no se comprende, toda vez que el Estado Nacional, por un lado, y siempre según la sentencia recurrida, puede decidir modificaciones y tomar decisiones en materia de política alimentaria, pero al mismo tiempo debe -para considerar cumplida la sentencia- mantener los programas alimentarios expuestos en autos”, sostuvo el abogado Alejandro Migdalek.

La resolución apelada había sido dictada por el juez Walter Lara Correa, del fuero contencioso administrativo, que obligó a Capital Humano a presentar informes mensuales sobre sus programas de asistencia alimentaria, entre otras cosas.

“La solución se circunscribe al mantenimiento en la ejecución de los planes y programas vigentes e informados por el Ministerio de Capital Humano, la continuación de las políticas públicas que el propio Estado Nacional reconoce que implementa resulta ser beneficio para los grupos desaventajados”, se había indicado en la sentencia cuestionada.

El juez sostuvo que esas políticas públicas no representaban un privilegio para el colectivo de personas alcanzado sino que era más bien “una herramienta para el cumplimiento del principio de igualdad y de no discriminación, a fin de que la Administración Pública Nación no incurra en responsabilidad internacional”.

El magistrado estableció que las autoridades encargadas de garantizar el derecho a la alimentación que deben mantener y asegurar las políticas públicas existentes en el contexto de los programas y planes conocidos como: “Plan Nacional Argentina Contra el Hambre”, el “Programa Alimentar Comunidad”; el “Programa Prestación Alimentar” y “Programa Abordaje Comunitario PNUD ARG 20/004”.

La decisión de Lara Correa, ahora apelada por Capital Humano, había sido en respuesta a una acción de amparo presentada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y la Unión de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular (UTEP).

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