El juez federal Daniel Rafecas procesó este lunes a la diputada nacional Vanina Biasi, del Partido Obrero, por violación de la ley antidiscriminatoria 23.592. La causa se originó a raíz de una serie de publicaciones realizadas por Biasi en la red social X, en las que comparaba al Estado de Israel con el régimen nazi, acusando a la nación democrática de genocidio y asociando el conflicto armado en esa región con el Holocausto.
Rafecas argumentó que las publicaciones sobrepasaron ampliamente los límites de la libertad de expresión, considerando especialmente la particular circunstancia de que Argentina sufrió dos atentados antisemitas. Además, el juez le trabó un embargo de $10 millones. En caso de confirmarse la resolución, Biasi, quien también se presenta como candidata a legisladora porteña, enfrentará un juicio oral y público por estos hechos.
En sus mensajes en la red social X, Biasi expresó refiriéndose al conflicto en Palestina: "Miles sufriendo porque Emily había sido asesinada y finalmente todo era una construcción de la narrativa sionista a la que poco le importa la vida de la gente y su sufrimiento".
Mientras que en otro tuit afirmó: "El Estado sionista es nazi por sus prácticas y su ideología, y entiendo que a un propagandista de un Estado terrorista, genocida y asesino de niños le moleste leerlo, pero sus patoteadas no me van a silenciar".
Y en otro de los posteos, Biasi manifestó: "Sigue la masacre del pueblo palestino. Sigue el silencio cómplice del poder económico y mediático. Sionismo es genocidio. Sionismo es apartheid. Sionismo es la construcción de una narrativa mentirosa en la que el ocupante es víctima y el ocupado victimario."
Qué dice la resolución del juez Daniel Rafecas
Biasi había sido indagada el año pasado en Comodoro Py y, este lunes, Rafecas resolvió su situación. En el fallo, el juez concluyó que "el derecho a la libertad de expresión no es absoluto" y puede ser limitado cuando entra en conflicto con otros derechos fundamentales, como el derecho a la igualdad y la no discriminación.
En su resolución, el magistrado destacó que “las ocho publicaciones individualizadas en esta resolución no superan el análisis que permitiría considerarlas dentro del ámbito del legítimo ejercicio del derecho de la libertad de expresión” y consideró que los mensajes de Biasi "alentarían o incitarían a la persecución o el odio contra la comunidad judía, lesionando los principios de igualdad y trato no discriminatorio".