6 de septiembre 2025 - 7:54hs

Este viernes 5 de septiembre finaliza el plazo de campaña electoral, emisión de propaganda y publicación y difusión de encuestas y sondeos en la provincia de Buenos Aires.

La restricción devenida del Artículo 16 de la Ley 14.086 en relación a la contienda electoral legislativa que tendrá lugar el domingo 7 en los 135 partidos bonaerenses, se continuará el sábado 6 con la prohibición de venta y exposición de bebidas alcohólicas en todos los supermercados, bares, restaurantes y boliches del distrito.

Veda electora| ¿Hasta qué hora se puede vender y comprar alcohol en la provincia de Buenos Aires?

VEDA ELECTORAL

La restricción de venta de bebidas alcohólicas en la provincia de Buenos Aires por la veda elecotral regirá para todos los comercios desde el sábado 12 a las 20 horas, hasta tres horas posteriores a la finalización de los comicios, conforme al Artículo 71 y 136 del Código Nacional Electoral (CNE).

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¿Cuáles son las multas por violar la veda electoral en la provincia de Buenos Aires?

Los ciudadanos que no respeten la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral y sancionados si la Justicia comprueba la falta. El artículo 136 del Código Electoral Nacional (CNE) establece que "se impondrá prisión de 15 días a 6 meses a las personas que expendan bebidas alcohólicas desde doce horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario".

Elecciones en la provincia de Buenos Aires: ¿A que hora empieza la veda electoral 2025?

El primer tramo de la veda electoral en la provincia de Buenos Aires comenzará este viernes 5 de septiembre a las 8 de la mañana y se extenderá hasta el domingo a las 21 horas.

CRONOGRAMA ELECTORAL

Una por una, ¿qué actividades estarán prohibidas por la veda electoral en la provincia de Buenos Aires?

  • Actos públicos y proselitismo electoral.
  • Reparto de boletas y apertura de locales partidarios.
  • Publicación de encuestas y sondeos hasta el domingo a las 22.
  • Posteos en redes sociales con fines políticos.
  • Venta de bebidas alcohólicas desde el sábado a las 20.
  • Espectáculos públicos, reuniones masivas y actividades deportivas.
  • Portación de armas, según la normativa vigente.
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