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Una mayor atención al bienestar emocional, a la salud mental, y nuevas expectativas de los trabajadores respecto al equilibrio entre la vida personal y laboral llevan a que cada vez más empresas con presencia en Uruguay revisen las licencias por duelo más allá de lo que establece la normativa. Un debate que volvió a instalarse en los últimos días con la presentación de un proyecto de ley que propone otorgar un día de licencia paga por la muerte de animales de compañía.

En este escenario, Mercedes Nin, socia encargada de Laboral del Estudio Bragard explicó a Café y Negocios que actualmente en Uruguay la licencia por duelo en el sector privado está regulada por la Ley No. 18.345. Esta prevé que los empleados dispongan de una licencia de tres días hábiles con motivo del fallecimiento del padre, madre, hijos, padres adoptantes, concubinos y hermanos, ponderando vínculos consanguíneos cercanos o de convivencia pasible de ser comprobables.

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Para esto, detalló Macarena López Perdoncin, abogada asociada de Guyer & Regules y quien se desempeña en el departamento legal, el trabajador debe acreditar el fallecimiento ante el empleador mediante documentación probatoria dentro de los 30 días siguientes. De no hacerlo, los días pueden ser descontados del salario como si fuesen faltas sin aviso.

“Un aspecto importante es que el derecho a esta licencia es irrenunciable. No es válido ningún pacto o convenio de renuncia a la misma. Los días deben gozarse efectivamente, no pudiendo sustituirse por salario o compensación alguna, ni descontarse de la licencia anual ordinaria”, sostuvo.

Más allá de esto, ambos estudios señalan que cada vez más empresas internacionales que se han instalado en Uruguay otorgan licencias con goce de sueldo ante el fallecimiento de familiares no mencionados expresamente en la referida ley, como abuelos biológicos o por legitimación adoptiva o de nietos, previéndolo internamente ya sea a través de un Código de Conducta o a través de la aplicación de una política interna.

Además, algunos sectores de actividad, como la industria láctea o la producción de chacinados, entre otros, cuentan con este diferencial en las actas de los consejos de salarios de los referidos grupos y subgrupos.

Esto se debe, explicó Nin, a una política de incentivos laborales que se ajustan a las realidades laborales del siglo XXI.

“La ley es de 2008 y estableció un piso mínimo legal para todos los trabajadores dependientes del sector privado. Desde entonces, la tendencia ha sido progresiva. En los Consejos de Salarios se ha vuelto práctica acordar otros beneficios”, sostuvo López Perdoncin.

Consultada sobre si hay aspectos de la normativa actual que podrían mejorarse, la abogada de Guyer & Regules mencionó que hay áreas donde la normativa podría actualizarse, pero siempre con un enfoque equilibrado.

“Desde el lado humano, no hay duda de que los plazos legales resultan breves para procesar una pérdida significativa y resolver trámites asociados. Sin embargo, cualquier ampliación en el régimen actual debe diseñarse con criterios claros y acotados para no generar una carga desproporcionada sobre las empresas, que son quienes absorben el costo de las ausencias, reorganizan equipos y sostienen la continuidad del servicio. En particular en nuestro país ya existe un gran índice de ausentismo”, señaló.

Los detalles de un nuevo proyecto de ley que suma a las mascotas al debate

https://www.bbc.com/mundo/articles/c78mz28rjd4o
Acariciar a tu mascota puede indicarle seguridad a tu sistema nervioso.

En medio de esta evolución de las licencias por duelo, un nuevo proyecto de ley volvió a instalar el debate en los últimos días. Se trata de una iniciativa presentada por el diputado colorado Luis Marcelo Pérez, que propone que los trabajadores tengan derecho a un día hábil de licencia paga en caso del fallecimiento de una mascota que haya estado bajo su cuidado y convivencia de forma demostrable.

"Este proyecto no pretende crear privilegios ni introducir distorsiones en el sistema laboral, sino fortalecer una concepción moderna del trabajo como espacio compatible con la vida personal, la salud emocional y la dignidad del trabajador", sostiene la iniciativa.

Según el texto, el trabajador deberá comunicar el fallecimiento a su empleador dentro de los cinco días hábiles posteriores al hecho y presentar una constancia emitida por un veterinario o un certificado equivalente que acredite la muerte del animal. La licencia deberá utilizarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la presentación de esa documentación y solo podrá solicitarse una vez por año calendario. Además, el proyecto encomienda al Ministerio de Trabajo la implementación de mecanismos de control para evitar un uso indebido del beneficio.

Para Nin, en un país donde la tasa de natalidad es cada vez es más baja y los hijos son sustituidos por animales de compañía o mascotas, puede advertirse que para las nuevas generaciones la existencia de dicho beneficio es algo reclamado y por ende puede ser ponderado por los mismos a la hora de aceptar un trabajo.

“Debe tenerse presente que, por ejemplo, en la vecina orilla, dicho beneficio ya se encuentra regulado, en tanto entienden que la mascota forma parte de su núcleo familiar y son portadores de vínculos afectivos relevantes”, sostuvo, a la vez que calificó el proyecto como innovador.

Sin embargo, agregó que la regulación tal y como está redactada, concretamente en lo que refiere al procedimiento de acreditación y control, resulta insuficiente e inespecífica. Esto se debe a que no se establece con precisión cuáles serían los mecanismos administrativos que permitan verificar el cumplimiento de los requisitos de acreditación, así como tampoco prevé expresamente cuál sería la consecuencia ante la negativa injustificada de presentar la documentación acreditante del fallecimiento del animal de compañía o mascota.

“Quizás lo indicado resulte objeto y sea regulado mediante un decreto reglamentario, quedando bastante tela por cortar en lo que a este beneficio respecta”, agregó.

Por su parte, si bien reconoce que la muerte de una mascota puede tener un impacto emocional significativo y que se trata de una realidad cada vez más presente en la sociedad, para Lopez Perdoncinuna una cosa es reconocer esta realidad social y otra distinta es trasladarla a una obligación legal para el empleador.

“Desde la óptica empresarial, cualquier nueva licencia obligatoria genera un costo adicional que el legislador no debería subestimar. Implica un costo directo -el día no trabajado- pero también costos indirectos de reorganización de tareas, atrasos en la producción, etc. La regulación laboral debe ser prudente y reservarse para aquellas situaciones donde existe un consenso social amplio y una necesidad clara de protección”, indicó la socia del Estudio Bragard sobre la base de su experiencia asesorando empresas.

A su entender, la forma de mantener ese equilibrio pasa por incorporar mecanismos de flexibilidad, como la posibilidad de fraccionar las licencias y de compensar horas de trabajo durante la semana, permitiendo atender la situación personal del trabajador sin comprometer la operativa ni los costos de las empresas.

“Más allá de este proyecto puntual y si hay contexto para que prospere legislativamente o no, desde la perspectiva de las empresas el desafío está en saber anticiparse. Las nuevas generaciones valoran cada vez más que sus empleadores reconozcan sus realidades personales, familiares y emocionales. Aquellas que logren integrar genuinamente el bienestar de sus equipos en su cultura organizacional, no solo van a cumplir con la ley, sino que van a estar mejor posicionadas para atraer y retener talento en un mercado laboral cada vez más competitivo”, cerró Nin.

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