12 de marzo 2026 - 16:51hs

Este viernes, España marca un hito en la gestión del Sistema Nacional de Salud (SNS) con el nuevo Real Decreto 180/2026. Esta medida, aprobada el pasado martes en el Consejo de Ministros, le da acceso a la sanidad pública a extranjeros en España que no tengan residencia legal y a los españoles que tengan su residencia en el extranjero.

La solicitud que habrá que realizar

El nuevo real decreto se gestionará mediante una declaración responsable. En este nuevo documento que habrá que presentar para acceder al SNS, el solicitante debe declarar que no tiene cobertura sanitaria por ninguna otra vía, que no puede traer ese derecho desde otro país y que no hay terceros obligados al pago de su asistencia.

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A partir de la presentación de esta solicitud, se les entregará un documento provisional que les permitirá recibir atención médica de manera inmediata en cualquier comunidad autónoma. Además, el solicitante deberá acreditar residencia en España. El documento de empadronamiento es el preferente, pero puede hacerse con otros documentos como certificados de escolarización o matriculación en centros públicos; informes de servicios sociales o certificados de registro de visitas; facturas de luz, gas, agua, telefonía o Internet a nombre del solicitante; y cédulas de inscripción o documentos de inscripción consular.

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Resolución de los casos

La Administración tiene un plazo de tres meses para actuar en el caso y si no lo hace, se entiende que el caso es positivo y queda aprobado por silencio administrativo.

A las personas que soliciten este trámite y no tengan residencia legal o pertenezcan a colectivos protegidos, se les asignará un código de identificación personal del SNS (CIP-SNS) para que su historial clínico quede registrado en la historia sanitaria de todo el sistema.

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