La gestión de la Junta de Transparencia y Ética Pública (Jutep) está en la mira de la oposición –particularmente del Partido Nacional– desde hace meses tras recibir de parte de su director denuncias de actuaciones irregulares de la presidenta y el vicepresidente.
Las diferencias se han dado en diversos casos, incluidos algunos de alta exposición pública como son los de Álvaro Danza, Andrés Ojeda, Rodrigo Arim o Carlos Albisu. En todos ellos la oposición señala que se han tratado con una mirada partidaria, alejada de la independencia que exige un tribunal anticorrupción.
Con este telón de fondo, los blancos decidieron este martes dar un paso más y trasladarle al gobierno que observan que hay un “problema institucional” grave que debe ser atendido y comunicar que analizan presentar una denuncia por abuso de funciones, entre otros delitos, contra Ana María Ferraris y Alfredo Asti.
La resolución fue tomada tras un encuentro de la agrupación parlamentaria que preside Javier García con el directorio encabezado por Álvaro Delgado y que contó con la participación del vocal en la Jutep, Luis Calabria.
“El organismo que tiene que asegurar la transparencia, lo único que nos está asegurando es oscurantismo y turbidez. Hay una desviación de conductas y actitud por parte de la mayoría del directorio”, dijo Delgado.
A su vez, el diputado Pablo Abdala –que en diciembre interpeló al ministro de Educación, José Carlos Mahía por el tema– agregó que la situación iba más allá de las discrepancias normales entre oficialismo y oposición, y que había un “agravamiento” por la “utilización política” de la Jutep.
“Vamos a hacer consultas jurídicas porque muchos de estos episodios tienen apariencia delictiva, podríamos estar frente a la eventualidad de delitos contra la administración pública”, dijo y tras una consulta planteó que la figura podría ser abuso de funciones aunque iban a estudiarlo antes de resolver.
Las irregularidades
Según supo El Observador por fuentes del Partido Nacional, en la reunión Calabria presentó una serie de informes que detallan las irregularidades que están ocurriendo en el organismo.
En ellos consideró que no había “irregularidades aisladas ni desacuerdos menores de gestión” sino un patrón de “progresiva pérdida de juridicidad procedimental” ya que las denuncias dejaban de pasar por la asesoría letrada, había casos que se trataban por vías paralelas, acceso discutible a información reservada, informes elaborados fuera del expediente y reducción de la visibilidad formal de las disidencias.
Señaló que hubo una serie de cambios procedimentales y de criterios que “configuran un patrón acumulativo de erosión de la juridicidad procedimental y que revelan una deliberada voluntad de sobrepujar lo técnico y suplirlo por criterios manejables desde la mayoría, haciendo primar los votos en el Directorio y no necesariamente la norma”.
A su juicio, las modificaciones “no incrementan la transparencia institucional” y representan “opacidad y oscurantismo impropios de un organismo cuya función específica es exigir integridad, transparencia y juridicidad al resto de la administración”.
“En un contexto de creciente demanda ciudadana por transparencia, cualquier señal de opacidad procedimental en el órgano de ética pública genera un daño que trasciende al organismo. La institucionalidad se defiende antes de que el deterioro se vuelva irreversible”, consideró.
En primer lugar, mencionó que hubo un cambio en el protocolo del tratamiento de denuncias, algo que había sido resuelto por el directorio pero que ahora fue modificado “de facto”. “Esta modificación resulta irregular, por cuanto el régimen vigente había sido adoptado por el Directorio como órgano colegiado, y su modificación debió seguir el mismo cauce formal. Una instrucción verbal de la presidenta no puede sustituir una resolución colegiada”, señaló.
Detalló que la modificación fue “inaugurada” en julio de 2025 con el expediente donde se tramitaba una denuncia contra el intendente de Salto, Carlos Albisu. “Estamos ante un mecanismo que concentra en la Presidencia el control sobre los expedientes y elude el pasaje por una oficina técnica con autonomía e independencia funcional”.
A su vez, señaló que antes de que se diera el cambio hubo un “tratamiento excepcional” en un expediente sobre el director de la OPP, Rodrigo Arim. En este caso, relató que luego de darle vista al involucrado siguieron realizando análisis, existiendo intercambios por correo electrónico y un informe remitido por el vicepresidente que “no fue incorporado oportunamente al expediente”.
También contó que en el caso del expediente de Andrés Ojeda, el vicepresidente hizo informes y análisis antes de que intervinieran los servicios técnicos del organismo. “Ante mi cuestionamiento en sesión, debió reconocer que el procedimiento ‘no fue feliz’”.
Otro de los temas que planteó fue que la mayoría hacía una “interpretación expansiva” sobre la reserva de las declaraciones juradas. A su juicio, el oficialismo sostiene que la reserva solo limita su publicación externa, por lo que el organismo puede acceder internamente a la totalidad de esa información. "En mi criterio, esa interpretación es jurídicamente insostenible. La parte reservada de las declaraciones juradas contiene datos patrimoniales sensibles cuya apertura requiere mecanismos legales específicos: acto formal, fundamento jurídico, competencia, trazabilidad e incorporación al expediente”, dijo.
Por último, reclamó por un cambio en el proceso de documentar cómo se toman las decisiones, ya que la mayoría resolvió desplazar los fundamentos de votos discordes desde la resolución (lo que la JUTEP decide en un caso concreto) hacia el acta (el registro de lo discutido en una sesión), “reduciendo de esa manera la visibilidad institucional de la minoría”.
“Esa modificación ha sido retroactiva, alterando resoluciones ya notificadas. De hecho, se han removido actas y resoluciones de la web de la Jutep para ser re-publicadas una vez que sean reelaboradas en base al nuevo criterio. Ese proceso es totalmente desprolijo y desajustado a derecho, porque supone una modificación de resoluciones -revocaciones parciales en tanto se reducen argumentos que son esenciales para entender el proceso de motivación del acto emitido”, sentenció.