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La jueza de Crimen Organizado Diovanet Olivera levantó el embargo de los autos que eran propiedad de Gustavo Basso, con el fin de que puedan ser vendidos en remate privado lo antes posible. Se trata de un Maseratti, modelo Grecale GT del año 2024; una SUV Jeep, modelo Grand Cherokee Limited del año 2023; una camioneta Fiat Strada del año 2023; una camioneta Volkswagen Saveiro del año 2023; y otra rural 5 puertas Audi, modelo Q5 2.0 Quatro, año 2018.

La jueza accedió a levantar el embargo dado que esos vehículos "generan elevados costos de conservación cuyo promedio mensual supera los $ 73.000 entre gastos de patente y seguro y no se encuentran actualmente en uso, resultando inconveniente destinar recursos líquidos del activo concursal a su mantenimiento", como fundamentó el síndico del concurso Alfredo Ciavattone.

El juez de concurso había señalado que mantener esos autos afectaba "directamente los derechos e intereses de los acreedores concursales, quienes además revisten la calidad de víctimas en estas actuaciones".

La jueza Olivera autorizó que el dinero de la venta sea depositado directamente en la cuenta del BROU a la orden de esa sede, "siempre que refiera al monto líquido de la subasta y se cuente con la autorización de la sede concursal".

La fiscalía de Lavado de Activos, representada por el fiscal Federico Rodríguez, consideró "necesario y oportuno que se lleve adelante" dado el "gasto mensual desmesurado" que generan los autos.

También se pronunciaron a favor de la venta las víctimas representadas por los abogadis Oscar Brum, Leonardo Costa, Joaquin Bonaudi, Santiago Alonso y Claudio Chaben.

Familia de Basso reclamó los autos

Mientras que la defensa de Daniela Cabral, Pablo Donnángelo y Eduardo Sasson, se opusieron a la venta por considerar que el concurso de la herencia de Basso y la designación de Ciavattone como síndico, fue apelada, por lo que "no es una decisión firme" y que como Basso murió sin ser imputado, debe considerarse que "la muerte del reo antes de la condena extingue el delito" por lo que se deben clausurar los procedimientos y reintegrarse los bienes incautados a sus sucesores.

Sin embargo, la jueza Olivera señaló que "no se cuenta con información en la causa, dado que no ha sido aportada por ninguno de los intervinientes" por lo que en este momento del proceso "no corresponde" que entre en otras consideraciones. Señaló que la defensa de Cabral "en todo caso deberá deducir sus defensas ante la sede que autorizó la venta".

Recusación al juez de Concurso

Por otra parte, una sentencia del juez de Concurso Leonardo Méndez rechazó un recurso de recusación de la familia de Basso, que lo acusó de “prejuzgamiento” luego de que rechazó el recurso de apelación con respecto a la venta del apartamento de Punta del Este.

El juez dispuso formar una pieza aparte y elevar al tribunal de apelaciones pero la sentencia no tiene efecto suspensivo por lo que el apartamento se podrá vender igualmente. Sin embargo, estos recursos no son suspensivos por lo que el apartamento en el Imperiale podría venderse igualmente en remate privado.

Méndez afirmó en la sentencia que plantear que el "incurrió en prejuzgamiento por relevar de plano un recurso de apelación inadmisible resulta un razonamiento que no se puede compartir en ningún sentido. ¿Cuál sería el sentido de sustanciar un recurso de apelación inadmisibleo, máxime aún cuando se plantea como subsidiariamente de un recurso de reposición que puede, llegado el caso, desestimarse de plano?".

"La recusación planteada por supuesto ´adelantamiento de opinión´, no tiene fundamento alguno en nuestro derecho procesal", agregó el juez, quién de todos modos, formará pieza aparte con el recurso y lo elevará al Tribunal de Apelaciones Civil de 7° Turno.

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