El domingo 22 de noviembre de 2026 se celebrarán las elecciones obligatorias del Banco de Previsión Social (BPS) en las que se elegirán a los representantes sociales para integrar el Directorio en representación de los trabajadores, las empresas y los jubilados y pensionistas.
El Directorio del BPS está conformado por cuatro miembros designados directamente por el Poder Ejecutivo con venia del Senado, además de tres directores sociales electos por cada uno de los órdenes. Es decir, los jubilados y pensionistas, trabajadores activos y empresas contribuyentes.
La institución señaló en un comunicado que está terminando de confeccionar el padrón electoral, pero recordó que el voto es secreto, personal y obligatorio, pasible de sanciones económicas.
No están obligados a votar los mayores de 75 años y los titulares de prestaciones por incapacidad, sean de cualquier edad. Estas excepciones no se aplican a las personas designadas como mandatarios para representar a empresas.
Quiénes votan en las elecciones del BPS
En la elección de noviembre deberán votar los jubilados y pensionistas, así como los trabajadores activos públicos y privados mayores de 18 años que sean tales al 28 de febrero de 2026.
Quienes no cumplan los requisitos para integrar alguno de los órdenes a esa fecha podrán igualmente ser incorporados al padrón si dichos requerimientos se verifican al 31 de julio de 2025.
Estos jubilados y pensionistas, así como los trabajadores activos, que tengan credencial cívica, no deberán hacer ninguna gestión en esta instancia.
También deberán votar las empresas contribuyentes de cualquier tipo de aportación, salvo excepciones, que estén inscriptas ante el BPS al 28 de febrero de 2026 y al día en el pago de sus obligaciones corrientes y de cuotas por convenio.
Asimismo, podrán integrar el padrón aquellas empresas que no cumplan esas condiciones en dicha fecha, pero sí las verifiquen al 31 de julio de 2025.
No votan las empresas contribuyentes de aportación civil, bancaria, notarial y profesional, titulares usuarios de servicios, empleadores de servicio doméstico y titulares de obras de construcción.
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Banco de Previsión Social (BPS)
Camilo dos Santos
Todas las empresas contribuyentes sean pluripersonales o unipersonales tienen derecho a un solo voto. En el caso de las empresas unipersonales votan únicamente sus titulares, sin necesidad de realizar ninguna gestión en esta oportunidad.
En el caso de extranjeros que sean jubilados y pensionistas, trabajadores o empresas unipersonales que cumplan con las condiciones y no cuenten con credencial cívica, votarán con su cédula de identidad por su domicilio de residencia.
Hasta el 15 de junio tienen plazo para integrarse al padrón electoral, realizando el ingreso de su domicilio personal de residencia en el aplicativo Ingresar domicilio de extranjeros para elecciones BPS. Además, podrán registrar su domicilio a través del WhatsApp oficial del BPS: 098 001 997.
Las empresas contribuyentes no estatales, pluripersonales o sociedades, deberán designar a un apoderado o mandatario, para que las represente y vote en la elección. Este mandato tiene validez solamente para los actos eleccionarios del BPS y tendrá vigencia hasta su revocación, cuando la empresa nombre a otro en su lugar. Si la empresa ya designó un mandatario con anterioridad, este continúa vigente y no es necesario registrar otro.
Las empresas en cuestión tienen plazo hasta el lunes 15 de junio para designar mandatario a través del servicio en línea Ingresar mandatarios para elecciones BPS o a través del WhatsApp oficial del BPS: 098 001 997.
La designación deberán realizarla los titulares o representantes de empresas pluripersonales y personas jurídicas habilitadas que cuenten con Usuario personal BPS y perfil de Recaudación Nominada. Los representantes deben tener algunas de las siguientes facultades: otorgar declaración, declaración nominada o todas las facultades y la designación puede recaer en cualquier persona física, que pertenezca o no a la sociedad.
Un mismo mandatario podrá votar por un máximo de diez empresas. El mandatario puede ser un extranjero que no tenga credencial cívica y en este caso, se deberá indicar su número de cédula de identidad y el domicilio de residencia.
De cuánto es la multa por no votar en las elecciones del BPS 2026
La sanción a los jubilados y pensionistas y a los trabajadores activos que no voten será una multa de igual valor a la establecida por no votar en las elecciones nacionales.
Es decir, 1 Unidad Reajustable (UR), cuyo valor actual es de $ 1.917,35.
En caso de ser "funcionarios públicos o profesionales con títulos expedidos por la Universidad de la República", la multa asciende a 2 UR, que a valor de abril de 2026 implica $ 3.834,7.
A las empresas que no designen un mandatario o habiéndolo designado, no concurran a votar, se les aplicará una sanción de 6, 12 o 20 UR, según la cantidad de trabajadores dependientes, sin importar su naturaleza jurídica.