El Banco de Previsión Social (BPS) otorga el subsidio especial de inactividad compensada (SEIC), una prestación económica destinada a personas que quedaron desempleadas por causas ajenas a su voluntad y que todavía no reúnen las condiciones necesarias para jubilarse.
Según informó el organismo, el beneficio puede cobrarse por un máximo de dos años o hasta que la persona configure causal jubilatoria antes de ese plazo. En ese caso, la jubilación se otorga de forma automática.
Qué requisitos hay que cumplir
El subsidio está dirigido a trabajadores que hayan quedado desocupados y que no tengan acceso a otros ingresos o prestaciones, salvo pensiones por sobrevivencia.
Para acceder al beneficio, BPS exige:
- Tener al menos 28 años de aportes registrados en BPS.
- Cumplir con la edad mínima requerida según el año de nacimiento.
- Haber permanecido desempleado durante un período igual o mayor a un año desde el cese laboral.
- Que la desvinculación laboral no haya sido por razones disciplinarias.
- No percibir otros ingresos ni prestaciones.
Las edades requeridas según el año de nacimiento
BPS estableció distintas edades mínimas para acceder al subsidio dependiendo del año de nacimiento del solicitante:
- Nacidos hasta 1972: 58 años.
- Nacidos en 1973: 59 años.
- Nacidos en 1974: 60 años.
- Nacidos en 1975: 61 años.
- Nacidos en 1976: 62 años.
- Nacidos desde 1977 en adelante: 63 años.
Cuánto se cobra en 2026
El monto del subsidio equivale al 40% del promedio mensual de las remuneraciones nominales percibidas en los seis meses previos al cese laboral.
De acuerdo con los valores vigentes a mayo de 2026, el pago:
- No puede ser inferior a 1 Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC), equivalente a $ 6.864.
- No puede superar las 8 BPC, es decir, $ 54.912.
BPS aclaró además que, en caso de que la persona cobre una pensión por sobrevivencia, “el monto a percibir será la diferencia entre ambas prestaciones”.
“Cuando la pensión supere el monto del subsidio, no se pagará la prestación, pero se considerará el período para configurar causal jubilatoria”, indicó el organismo.