Los monopatines eléctricos podrán ser conducidos a partir de los 14 años y, en el caso de los menores de 18, será necesaria una autorización del padre y la madre o del tutor, según explicó este jueves César García, asesor político del Congreso de Intendentes.

La regulación alcanza a los denominados vehículos de movilidad personal (VMP) y establece, entre otros puntos, una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora, la obligación de utilizar casco y elementos reflectivos y la prohibición de transportar a más de una persona.

más Noticias

"No se le exige tener licencia de conducir", explicó García en rueda de prensa, y señaló que la regulación busca contemplar tanto a mayores como a menores de edad.

Qué se exigirá para manejar monopatines

Según explicó el asesor, los vehículos deberán cumplir con una serie de condiciones mecánicas y de seguridad para poder circular por la vía pública.

Entre otras exigencias, deberán contar con luces y elementos que permitan su visualización, mientras que sus conductores tendrán que utilizar casco y chaleco reflectivo.

"Los elementos de seguridad son los mismos que se tienen para el caso de las bicicletas y de las motos", señaló García.

Además, hizo especial énfasis en que los monopatines están habilitados para transportar únicamente a una persona. "Son para la circulación de una sola persona, no una persona y niño como habitualmente se ve", afirmó.

Registro y controles mediante un TAG

Las intendencias tendrán un registro unificado a través del Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (Sucive) y los vehículos serán identificados mediante un TAG, explicó García.

El sistema utilizará una tecnología similar a la empleada actualmente para el telepeaje y permitirá identificar al conductor habilitado para utilizar el vehículo.

Según García, el TAG estará vinculado al sistema móvil utilizado por los inspectores departamentales, que podrán realizar los controles desde sus dispositivos durante las fiscalizaciones en la vía pública.

"Estamos hablando de un tema de control de personas, de cumplimiento de la seguridad vial", sostuvo el asesor, quien remarcó que el objetivo no es tributario.

¿Los monopatines pagarán patente?

Los vehículos de movilidad personal no pagarán patente. García explicó que existe una definición de no imponer una carga tributaria que pueda dificultar el uso de este tipo de vehículos.

En cuanto a los seguros, recordó que existen seguros de responsabilidad civil específicos para vehículos de movilidad personal y señaló que los inspectores podrán controlar las exigencias que correspondan según cada departamento.

Qué pasará con los monopatines que ya circulan

La aplicación de la nueva regulación tendrá un período de transición para que los vehículos que actualmente circulan puedan adaptarse a las condiciones establecidas.

García diferenció, además, los monopatines preparados para circular por la vía pública de aquellos que ingresan al mercado como juguetes. "Los que entran como juguete no están habilitados", afirmó.

Aunque existen modelos capaces de superar los 25 kilómetros por hora, el asesor aclaró que la regulación fija ese límite para la circulación. "También puedo tener un auto que va a 300 kilómetros por hora y yo puedo conducir a 45", ejemplificó García.

Los controles quedarán en manos de cada intendencia, que deberá fiscalizar en su territorio el cumplimiento de las condiciones establecidas para la circulación de estos vehículos.

Temas:

Monopatines menores

Seguí leyendo