Inés Guimaraens

Abogados prevén alta demanda de concursos de acreedores a raíz de la crisis por coronavirus

En el primer día de funcionamiento de la agenda web del Poder Judicial se realizaron 123 reservas

Tiempo de lectura: -'

16 de mayo de 2020 a las 05:00

Estás por alcanzar el límite de notas.

Suscribite ahora a

Pasá de informarte a formar tu opinión.

Suscribite desde US$ 3 45 / mes

Esta es tu última nota gratuita.

Se parte de desde US$ 3 45 / mes

Los abogados están expectantes sobre lo qué sucederá con la actividad en el Poder Judicial en las próximas semanas. La feria judicial sanitaria, decretada a raíz del coronavirus, terminó el viernes y esta misma semana los profesionales comenzaron a agendarse vía web para asistir a presentar escritos que les permitan continuar con los asuntos que quedaron pendientes.

Según informó el organismo a través de un comunicado, durante el primer día se reservaron más de 4.000 citas presenciales en todo el país. La agenda se estructura entre los trámites exclusivos para vencimientos y otro para el resto de los asuntos.

Profesionales del área consultados por El Observador prevén una sobredemanda a raíz de la crisis desatada por el covid-19. especialmente por las empresas que se presentarán a concurso de acreedores, y luego que el Poder Judicial informara que la mayor demanda en la agenda web fue para la oficina de los Juzgados Letrados de Concurso de 1º y 2º Turnos, que el primer día de registro tuvo 123 reservas. Esta tendencia continuó el resto de la semana, según supo El Observador en base a fuentes judiciales.

Alejandro Pintos, abogado de la firma Ferrere, prevé que los juzgados civiles estarán recargados a raíz de juicios vinculados a la cadena de pago "quebrada" e incumplimientos de contratos. Al respecto, sostuvo que los demandados puede recurrir a la "causa de fuerza mayor", que imposibilita el cumplimiento de los contratos. "El alcance de la pandemia es único. Va a poner a prueba viejos conceptos, como el tema de la fuerza mayor llevado a un contexto muy raro como este", reflexionó.

Como ejemplo, Pintos explicó que hay casos en los que una empresa contrató un suministro pero el proveedor no lo entregó. "Es un caso típico en la construcción, o cuando una compañía suspendió los servicios que le prestaba a otra. Muchos suministros vienen de Asia y ahí hubo un quiebre en la logística porque aunque China producía los barcos no llegaban".

En este sentido opinó Gabriel Pérez Ramos, abogado del Estudio RXA, que también espera se multipliquen las solicitudes de concursos. "¿Qué pasa cuando una persona, un consumidor, arrendatario o comerciante no cumple con sus obligaciones por crisis del covid-19. Hay miles de hipótesis, podría haber causal de fuerza mayor o causa extraña no imputable, habría que analizar cada caso", se preguntó.

Pérez Ramos distinguió entre la exhortación y la obligatoriedad de prohibir las actividades comerciales. "Exhortar, ¿supone la imposibilidad total de incumplir obligaciones? Podría ser una razón de fuerza mayor", se preguntó.

Cuando una empresa se presenta a concurso, se realiza una clasificación y es posible determinar si la imposibilidad de pagos se debe a una circunstancia ajena a los propietarios de la empresa. Al respecto, el abogado dijo que a raíz de la pandemia es importante analizar si "no se pudo evitar la situación" ya que al respecto "no debería tener consecuencias en el patrimonio de los directores", señaló.

Según Pérez Ramos, cuando se celebran contratos debe haber "buena fe", por lo que aconseja un "actuar criterioso" y "volver a negociar las deudas". "Tampoco es sano que haya una avalancha de solicitud judiciales, ya que los jueces van a multiplicar su trabajo y los recursos humanos pueden ser escasos", apuntó.

Soluciones intermedias

Durante este período de excepcionalidad se atendieron situaciones urgentes en todos los juzgados. Sin embargo, las causas que venían de tiempo atrás no lograron avanzar ya que las audiencias fueron canceladas.

En derecho comercial se presentaron asuntos donde existía un "alto riesgo de perder el derecho", comentó Pintos. Entre los casos que se atendieron, se dispusieron medidas cautelares si una persona corría riesgo de enajenar sus bienes. 

"Tampoco se pudieron realizar cobranzas, cheques ni vales. La cadena de pagos se cortó", explicó. En este sentido, Pintos dijo que hay "expectativa" sobre el funcionamiento de los juzgados de concursos, ya que estima que habrá varias solicitudes.

Los juicios por contratos que se ejecutaron antes de la pandemia se vieron afectados. Valeria Techera, abogada de Posadas, Posadas & Vecino contó uno de esos casos. "Un deudor concursado afectó bastante porque el 13 de marzo empezaba a correr el plazo para que quedara firme el convenio de acreedores, estimamos que a mediados de abril iba a estar firmado y ahora el plazo se corrió hacia fines de junio y están funcionando con un síndico", sostuvo. 

Esto se debe a que el último día de abril se aprobó en el Parlamento el proyecto de ley que suspendió los plazos procesales durante la feria judicial sanitaria que fue presentado por el Colegio de Abogados, ya que se entendía que se debía brindar "certeza y seguridad jurídica" durante este período, que carecía de un respaldo legal en cuanto al funcionamiento.

Techera también aconsejó renegociar con los deudores, ya que concursantes o no, para evitar la concurrencia masiva a los juzgados. "Poniéndose en el lugar de los acreedores, no sé que se logra intimando al deudor si despu´pes es posible que no pueda cobrar a raíz de esta situación", resaltó.

La ley establece que una empresa debe presentarse a concurso en caso de insolvencia. Sin embargo, hay una solución legal anterior, explicó la abogada. "Hay un acuerdo de reorganización extrajudicial, una instancia previa donde se busca el acuerdo con los acreedores y se homologa para evitar ir a concurso. Es una herramienta que puede tener utilidad".

Desalojos

En el mediano plazo se prevé que aumenten los desalojos de inmuebles. La abogada Andrea Rodríguez Pintos dijo que a pesar de la exhortación del Comité Departamental de Emergencias a no desalojar personas o familias que no puedan cumplir con el pago de obligaciones asumidas, no hay "ninguna reglamentación" que disponga esta medida, por lo que se seguirán aplicando "las mismas leyes".

Para la abogada, el "condimento" que se agregará a los juicios de desalojo serán las excepciones por covid-19. "Cuando iniciamos un desalojo, se le da un plazo de diez días a la contraparte para que oponga excepciones lo que es su derecho a defensa. Generalmente las excepciones se tienen en cuenta. (El covid-19) Lo vamos a usar como defensa porque es un problema que tiene muchas aristas, más allá de que no haya reglamentación.

En este caso, explicó que es difícil apelar a la "buena voluntad del arrendador" ya que en algunos casos esa persona "vive del alquiler" y no recibir el pago puede dificultar su situación económica.

Modificar los plazos

El 22 de abril ingresó al Parlamento un proyecto de ley para modificar los plazos que obligan a una empresa a presentarse a concursos, propuesto por el Colegio de Abogados. "Durante la vigencia del estado de emergencia sanitaria y hasta 120 días posteriores a la finalización del mismo, prorrogables por resolución del Poder Ejecutivo hasta por 60 días adicionales, el deudor que se encuentre en estado de insolvencia no tendrá el deber de solicitar la declaración de concurso", señala su primer artículo.
La ley actual establece un plazo de 30 días para presentarse a concurso una vez que se conoce la situación real de la empresa.. Para Pintos esto "da aire" a la empresa de poder "resoklver algunos aspectos" antes de tomar esa decisión.
El proyecto todavía no fue discutido en la Cámara de Diputados.
CONTENIDO EXCLUSIVO Member

Esta nota es exclusiva para suscriptores.

Accedé ahora y sin límites a toda la información.

¿Ya sos suscriptor?
iniciá sesión aquí

Alcanzaste el límite de notas gratuitas.

Accedé ahora y sin límites a toda la información.

Registrate gratis y seguí navegando.