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Luego de un largo debate, varios cambios e intensas negociaciones, la Cámara de Diputados aprobó con el respaldo del oficialismo y del diputado colorado Fernando Amado el artículo que habilita al Estado a dilatar el pago de deudas generadas por juicios perdidos.

"Inconstitucional", "violatorio del Estado de Derecho" y "contrario al principio de separación de poderes" fueron solo algunos de las definiciones utilizadas por parte de diputados de la oposición sobre ese asunto, y por constitucionalistas y expertos en derecho administrativo.

En su redacción original, el artículo planteaba que el Estado quedaba "eximido de los plazos de cumplimiento" de pagos por demandas perdidas o laudos arbitrales, si consideraba que ello afectaba "la atención de los servicios a su cargo". Sin embargo, el texto finalmente aprobado plantea que "el Poder Ejecutivo podrá comprometer gastos de funcionamiento o de inversiones sin que exista crédito disponible, cuando se trate del cumplimiento de sentencias judiciales", entre otros, y agrega: "No obstante, cuando los montos a que refiera la condena sean sentencias laborales, civiles o de cualquier otra naturaleza, excedan las 75 millones de unidades indexadas (US$ 10 millones), el Poder Ejecutivo podrá hacer uso de la facultad establecida precedentemente o proponer las previsiones correspondientes en la próxima instancia presupuestal".

"Que quede claro. El Estado debe pagar siempre y en un plazo estipulado", dijo Amado

Para el constitucionalista Martín Risso, la redacción final de la norma es complicada de interpretar porque "por un lado mejora con respecto al artículo 733 del Presupuesto en tanto deja sentencias de bajo monto por fuera , pero por el otro empeora pues refiere a todas las sentencias y no solo las laborales".

El artículo 733 al que Risso hacía referencia indica que no hay un tiempo para pagar las sentencias en contra del Estado. Pero este jueves pasó a la historia al ser derogado con el apoyo de toda la oposición –entre ellos Amado– y del diputado suplente del Frente Amplio, Carlos Coitinho (Partido por la Victoria del Pueblo).

Consultado por El Observador, Risso fue enfático en afirmar que a pesar de la nueva redacción del polémico artículo 15, "los cuestionamientos basados en la afectación grave del Estado de Derecho y el principio de separación de poderes se mantienen".

"Además, imaginemos que alguien no puede cobrar pero mientras tanto tiene que pagar impuestos, deudas, etc. El Estado puede no pagar pero el acreedor tiene que pagarle a sus acreedores", dijo.
Por su parte, el también experto en derecho constitucional Ruben Correa Freitas afirmó que la redacción aprobada por 50 votos en 99 sigue siendo inconstitucional. A fines de junio, el abogado había dicho que ese artículo le recordaba a "la época de Luis XIV, quien decía: 'El Estado soy yo'". Correa Freitas mantiene ese concepto sobre lo que finalmente se terminó aprobando.

"Nos están tratando como tontos. Lo único que quieren es eludir el Estado de derecho", dijo Abdala

Según el diputado oficialista, Alfredo Asti (Asamblea Uruguay), la aprobación de este artículo es para "dar seguridad" a la población de que "se va a pagar", pero también para asegurar la ejecución de las "políticas públicas". "No les creemos nada. Nos están tratando como tontos. Lo único que quieren hacer es eludir el derecho", respondió el diputado del Partido Nacional Pablo Abdala.

La idea de que se violenta la separación de poderes y el Estado de Derecho fue repetida también por los expertos en derechos administrativo Miguel Pezzutti y por el integrante del Departamento Jurídico de Baker Tilly, Adrián Gutiérrez. "Se siguen manteniendo vicios de inconstitucionalidad", dijo Gutiérrez a El Observador y agregó: "La tardanza (en el pago) afecta a toda la sociedad y lo único que hace es dilatar una sentencia".

Pezzutti agregó otro concepto.Según explicó, la propia esencia del artículo viola el principio de distribución de las cargas públicas. "En la Constitución, el funcionamiento de la estructura estatal se financia de determinada manera. La forma en la que todos pensamos es mediante aplicación de tributos y actividad comercial, por ejemplo. Pero diferir los pagos implica financiarse sobre la base de un derecho de otro a cobrar", explicó.

Judiciales con poco ánimo

La oposición trató de fijar la idea de que el Poder Ejecutivo busca, con este artículo, no pagar la sentencia sobre el aumento salarial a los funcionarios judiciales retroactivo a 2011.
Bastaba con ver las barras de la Cámara Baja para comprobar que los funcionarios del Poder Judicial también sienten que es un artículo en su contra. Aplausos para quienes argumentaban en contra, y caras largas por los legisladores que votaron a favor, fueron la regla de los integrantes de la Asociación de Funcionarios Judiciales (AFJU).

Cuando el presidente de la cámara, José Carlos Mahía, dio por aprobado el artículo, los judiales comenzaron a chiflar y fueron desalojados. "Traidor", le gritaban a Amado mientras se retiraban obligados. En la no aprobación del artículo 15 recaía su esperanza de cobrar un aumento salarial de 26% que fue ratificado en más de una sentencia judicial. El voto de Amado fue acordado este martes cuando el diputado se reunió con el presidente, Tabaré Vázquez. A cambio, el legislador acordó un aumento salarial para los directores de los centros educativos de toda la educación pública. El diputado justificó su votó asegurando que "no se pueden tirar granadas de fragmentación en la economía" y aclaró que "no es bombero ni del Frente Amplio ni de la oposición".

"Nosotros los pusimos en el gobierno", gritaron también los funcionarios, que fueron desalojados tras la votación.
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