Diego Battiste

Diputados aprobó la Ley de Urgente Consideración, que ahora volverá al Senado

La ley, de 478 artículos, volverá al Senado el martes; la cámara alta tendrá 15 días para analizar los cambios y votarla

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05 de julio de 2020 a las 08:24

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La Cámara de Diputados aprobó este domingo, pasadas las seis de la mañana, la Ley de Urgente Consideración, luego de varios días de debate. La ley ahora volverá al Senado, que tendrá 15 días para analizarla y votar los cambios.

El debate entre los diputados comenzó el pasado miércoles 1° de julio y culminó este domingo luego de una jornada maratónica de discusión, que incluyó la madrugada.

El presidente de la Cámara de Diputados, el nacionalista Martín Lema, reconoció en su cuenta de Twitter el trabajo de los "7 partidos políticos que intercambiaron posiciones en el marco de la tolerancia y el respeto".

 

 

El martes está previsto que la ley vuelva al Senado, luego de recibir al menos 32 modificaciones en la Cámara de Representantes. Los senadores tendrán otros 15 días para analizar los cambios y volver a votarla. 

El Movimiento de Participación Popular (MPP), el sector del Frente Amplio con la bancada más numerosa de legisladores, también se refirió a la aprobación de la ley. "Este domingo el Uruguay amanece siendo un país menos justo, sepan que la bancada del @Frente_Amplio seguirá defendiendo los derechos de todos y todas", afirmó en su cuenta de Twitter.

Uno de los cambios que promovieron los diputados refiere al artículo 11, que establece el agravio a la autoridad policial como delito. Este artículo fue uno de los más debatidos el pasado jueves, cuando se discutió el capítulo referido a la seguridad. En la comisión especial de Diputados se resolvió aclarar que no se considerará dentro del agravio "el ejercicio de la libertad de prensa ni la mera protesta ante la acción policial". 

En las primeras jornadas de debate también se modificó el artículo que hace referencia al régimen de libertad bajo prueba, que ahora se extendió también a los adolescentes. "El régimen de libertad a prueba podrá aplicarse a los adolescentes en conflicto con la ley penal, en el marco de lo dispuesto por el Código de la Niñez y la Adolescencia. A tal efecto, el Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente cumplirá, en lo pertinente, las tareas que el presente artículo comete a la Oficina de Seguimiento de la Libertad Asistida respecto de los mayores de edad”, establece el artículo 31 de la ley.

Además se corrigieron algunas incongruencias en la redacción de artículos, otros que hacían referencia a normas presupuestales –algo prohibido para las leyes de urgencia–, así como a la necesidad de aprobar con mayorías especiales, que tampoco puede incluirse en proyectos de este tipo.

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