27 de diciembre 2023 - 15:35hs

El gobierno de Javier Milei remitió al Congreso el anticipado proyecto de "ley ómnibus" de reforma del Estado, al que denominó "Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos" en homenaje al célebre texto de Juan Bautista Alberdi.

Pasadas las 15 horas, el ministro del Interior, Guillermo Francos, tuvo a su cargo la entrega del proyecto en persona al presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem.

Como medida inicial, el Poder Ejecutivo busca que el Congreso declare la emergencia pública en diversas áreas, como económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria, administrativa y social, extendiéndola hasta el 31 de diciembre de 2025. Esta declaración le daría al Gobierno el permiso para asumir "facultades legislativas" en dichos ámbitos.

Además, se impulsa la privatización de empresas públicas con el objetivo de fomentar una mayor competencia y eficiencia económica, reducir la carga fiscal, mejorar la calidad de los servicios, promover la inversión privada y profesionalizar la gestión.

Por otro lado, el Gobierno propone eliminar la fórmula actual de actualización de jubilaciones y pensiones, asumiendo la capacidad de realizar aumentos periódicos con prioridad en los beneficiarios de menores ingresos. No se especifica la frecuencia ni los indicadores de referencia para estos incrementos.

En su contenido, el proyecto de ley contempla también una extensa reforma electoral que introduce el sistema de elección uninominal por circunscripción, siguiendo el estilo anglosajón. Además, se proponen cambios significativos en el ámbito impositivo, junto con la implementación de una moratoria y un blanqueo. 

“Con el espíritu de restituir el orden económico y social basado en la doctrina liberal plasmada en la Constitución Nacional de 1853, presentamos al Honorable Congreso de la Nación el adjunto proyecto de ley y manifestamos nuestra firme voluntad de emprender, inmediatamente y con instrumentos idóneos, la lucha contra los factores adversos que atentan contra la libertad de los argentinos; que impiden el correcto funcionamiento de la economía de mercado y son la causa del empobrecimiento de la Nación. Promovemos estas reformas en nombre de la Revolución de Mayo de 1810 y en defensa de la vida, la libertad y la propiedad de los argentinos”, es el texto que acompañó una foto del proyecto.

En otros órdenes relevantes, el texto de este proyecto prevé que el Código Penal incorpore de manera significativa nuevos mecanismos de control para las manifestaciones callejeras, a la par que endurece las sanciones por interrupciones de tráfico, focalizando particularmente en los responsables de la organización. La normativa ahora establece la imperiosa obligación de notificar de manera fehaciente al Ministerio de Seguridad de la Nación cualquier reunión o manifestación, otorgando al ministerio la facultad de oponerse a la realización de dichos eventos basándose en cuestiones relacionadas con la seguridad de las personas o la seguridad nacional. Además, se contempla la posibilidad de proponer modificaciones en términos de horario, ubicación o fecha de realización.

En su artículo inicial, la denominada "ley ómnibus" establece como objetivo primordial fomentar la iniciativa privada, así como el desarrollo de la industria y el comercio, a través de un marco jurídico que garantice los beneficios de la libertad para todos los habitantes de la Nación y limite toda intervención estatal que no sea esencial para salvaguardar los derechos constitucionales.

Este proyecto, dividido en varios capítulos, introduce modificaciones en aproximadamente una veintena de leyes. Entre las propuestas, se contempla la suspensión de la ley de movilidad jubilatoria aprobada en 2020. Asimismo, se concede al Poder Ejecutivo la facultad de establecer una fórmula automática para el ajuste de las prestaciones, considerando criterios de equidad y sustentabilidad económica.

Adicionalmente, se incorpora un exhaustivo régimen de regularización de activos (blanqueo), abarcando tanto a personas físicas como a sucesiones indivisas y sujetos comprendidos en el artículo 53 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, independientemente de su inscripción ante la AFIP. En relación con los no residentes, podrán adherir aquellos sujetos, ya sean personas, sociedades u otros entes, contratos o patrimonios de afectación, que no cumplan con los requisitos de residentes fiscales argentinos según la Ley del Impuesto a las Ganancias, ya sea por sus bienes ubicados en Argentina o por las rentas obtenidas de fuente argentina.

 

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