Legislativo recibió proyecto modificado de acciones al portador
El nuevo texto especifica el rol del BCU y la AIN; permite a la Junta de Ética y Transparencia Pública solicitar el levantamiento del secreto bancario
La comisión de Hacienda de Diputados analizará hoy el nuevo proyecto de acciones al portador que redactó el gobierno, atendiendo algunos defectos que tuvo la iniciativa original que envió el Ministerio de Economía y Finanzas para su aprobación en abril.
Según el texto del proyecto de ley –al que accedió El Observador– la nueva iniciativa en la que trabajaron Economía, el Banco Central (BCU) y legisladores del oficialismo simplificó la redacción del Artículo 1 donde ahora se aclara que “todos los titulares de participaciones patrimoniales al portador emitidas por toda entidad residente en el país” deberán identificar sus titulares ante el registro que llevará el Banco Central. Esto también alcanza a los fiduciarios de los fideicomisos y las entidades administradoras de los fondos de inversión.
Asimismo, al Artículo 2 detalla la obligación de informar de entidades no residentes. En todos los casos, quedarán obligados a identificar sus titulares los propietarios de cuotas de participación en fondos de inversión del exterior cuyos administradores sean residentes en territorio local y también los fideicomisos del exterior cuyo fiduciario o administrador sea residente en el país.
En tanto, otra de las críticas del proyecto anterior era la función de contralor que recaía sobre el BCU y que sus propias autoridades habían objetado. Ahora se precisa en los artículos 3 y 4 que el BCU llevará el registro de los titulares de las acciones al portador y la Auditoría Interna se encargará de velar por los incumplimientos y aplicar las sanciones correspondientes. En tanto, sobre el levantamiento del secreto bancario se agregó un apartado en el artículo 5 que faculta a la Junta de Ética y Transparencia Pública a pedir su levantamiento. Por su parte, el Artículo 12 precisa que en caso de incumplimiento de las declaraciones juradas por parte de las entidades emisoras solamente se le suspenderá el certificado único y no la posibilidad de realizar cualquier tipo de operación con el sistema financiero como estaba redactado.