El servicio doméstico es uno de los tantos sectores de actividad que está en negociaciones para renovar el convenio colectivo que regirá las relaciones laborales entre trabajadores y empleadores por los próximos dos años.
El servicio doméstico es uno de los tantos sectores de actividad que está en negociaciones para renovar el convenio colectivo que regirá las relaciones laborales entre trabajadores y empleadores por los próximos dos años.
Además de definir cuáles serán los nuevos ajustes salariales, en la mesa de negociación que está funcionando hay otro tema, y es la creación de categorías laborales. Se trata de un viejo reclamo del sindicato que tiene más de una década.
El Sindicato Único de Trabajadoras Domésticas (Sutd) volvió a plantear a la Liga de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios crear cinco categorías básicas para tareas que realizan en los hogares: cocina, limpieza, cuidado de adultos mayores, cuidado de niños, y planchadora.
¿Qué argumenta? Por ejemplo, a una trabajadora se le contrata para limpiar en una casa, pero después termina haciendo otras tareas que se agregan, que pueden ir desde cocinar a tener que cuidar niños o personas mayores.
El sindicato considera que con la categorización se puede definir con mayor especificidad para qué tareas se contrata a la trabajadora, y establecer una remuneración diferenciada para cada una de ellas, como pasa en otros ámbitos laborales.
“No es lo mismo hacer un churrasco que cuidar a un niño. No es lo mismo hacer una limpieza que cuidar a un adulto mayor. Hay otras responsabilidades”, afirmó a El Observador la dirigente sindical, Lucía Gándara.
Hoy solo existe un salario mínimo que se fija en los Consejos de Salarios, y que actualmente es de $ 22.245 por 44 horas semanales de labor y 25 jornales mensuales. Y el valor del laudo mínimo por hora es de $ 117,03. Pero no existe ninguna definición de categoría.
Hace unos dos años y en ocasión de la ronda anterior de negociación colectiva, la Liga de Amas de Casa realizó una consulta a las empleadoras en su página web. Allí, les solicitó que expresaran sus comentarios sobre la creación de categorías. Y las respuestas fueron contundentes. De unas 100, menos de 10 estuvieron de acuerdo con la diferenciación de tareas.
Gándara resaltó que Uruguay ratificó -en 2011- el convenio 189 de la OIT que tiene tres recomendaciones: categorías laborales, fuero sindical y contrato de trabajo. “Ninguna de las tres se aplica”, dijo.
Con respecto a los próximos aumentos salariales todavía no hay una definición. El convenio colectivo venció el pasado 30 de junio y ahora se deben definir las nuevas condiciones. El primer ajuste que deberán pagar los empleadores será retroactivo a julio. Las negociaciones por los dos temas continuarán en los próximos días en el Ministerio de Trabajo (Mtss).
En la actualidad la cantidad de cotizantes a la seguridad social es de unas 74.000; y se estima en 40 % el porcentaje de informalidad. Es decir, cuatro de cada 10 no realiza aportes a la seguridad social, según datos divulgados en agosto por el Banco de Previsión Social (BPS). Esta cifra viene en descenso y cayó casi 30 puntos porcentuales respecto a 2006.