Propietarios de tierra valoraron alivio en pago de cuotas del ICIR
DGI resolvió extender los plazos para la liquidación del tributo
La resolución de la Dirección General Impositiva (DGI) de readecuar el calendario de pagos del Impuesto a la Concentración de Inmuebles Rurales (ICIR), que en primera instancia obliga a cumplir con las obligaciones generadas en los años 2011 y 2012, es considerado como una mejora de la situación que había provocado el reclamo de la Asociación Rural del Uruguay (ARU).
Según el calendario estipulado el lunes por la DGI, el 20 de diciembre vencerá el plazo para el pago de 20% del ICIR generado en 2011, luego el 20 de febrero de 2013 vence otro 30% y el 23 de abril el 50% restante.
A su vez, el impuesto generado en 2012 se pagará 20% con vencimiento al 22 de julio de 2013, luego 30% el 20 de setiembre y el 50% restante con vencimiento al 20 de noviembre de 2013. Finalmente el impuesto generado en 2013 se pagará con vencimiento al 20 de febrero de 2014 (20%), 22 de abril 2014 (30%) y 23 de junio de 2014 (50%), respectivamente.
El ICIR afecta a los predios mayores de 2.000 hectáreas. l