SCJ desestimó recurso y accionista de Monte Carlo tendrá que devolver su parte a la familia Romay

Lo que Zelmira del Castillo heredó de su esposo, Daniel Romay Salvo, deberá ser devuelto a la familia

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17 de agosto de 2018 a las 08:41

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Zelmira del Castillo deberá devolver a la familia Romay la mitad de las acciones de radio Monte Carlo, el 31% de Monte Carlo Televisión y las acciones que tiene en las sociedades anónimas Geosol SA y de Marson SA, luego de que la Suprema Corte de Justicia desestimara el recurso de casación que presentó la demanda, según pudo saber El Observador.

Del Castillo fue demandada por la familia Romay para que devolviera la herencia que recibió de su esposo Daniel Romay Salvo (quien murió en 2003), por considerar que no le correspondía recibirla, ya que en realidad estaba heredando una donación que la madre de Romay había realizado a sus hijos. Al morir el accionista antes que su madre, la familia consideró que esa donación debía volver a la familia.

En primera instancia, la Justicia le dio la razón a Del Castillo, y por tanto se mantuvo con las acciones que había heredado de su esposo. Sin embargo, la familia Romay apeló la sentencia y en segunda instancia el Tribunal de Apelaciones decidió que Del Castillo debía devolver las acciones, así como también las ganancias que había obtenido de ellas.

La demandada presentó entonces un recurso de casación ante la Suprema Corte, que desestimó la petición, por lo que se mantiene la decisión tomada en segunda instancia.

Lea también: Un tribunal de apelaciones condenó a Zelmira del Castillo a restituir una donación de su suegra a su esposo, Daniel Romay

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La historia del caso

Todo empezó en 1962, cuando María Elvira Salvo firmó un documento en el cual donaba parte de sus bienes a sus hijos. Lo mismo hizo en 1990 en otro escrito idéntico por el que entregaba en vida a Daniel, Lorenzo, Walter y Hugo Romay Salvo los porcentajes de las acciones que poseía en, por ejemplo, Monte Carlo Televisión.

Daniel, el esposo de Zelmira del Castillo, murió seis años antes que su madre. Y con su muerte vinieron las idas y venidas en los juzgados por una donación que Del Castillo afirmaba que había heredado de su cónyuge, pero que María Elvira Salvo creía debía volver a la familia.

El Código Civil uruguayo establece que los hijos son "herederos forzosos" de los bienes de sus padres. Eso significa que heredan automáticamente lo que estos poseían. ¿Qué pasa si el hijo muere antes que su padre o madre? Lo heredan los nietos. Eso sucede también con las donaciones hechas en vida, como la que hizo Salvo. Pero el caso de Daniel Romay era diferente porque no tuvo hijos con su esposa.

Así, Salvo demandó a Del Castillo, quien no devolvió los porcentajes de las acciones porque consideraba que no correspondía hacerlo. El juicio se inició en 2006 y María Elvira Salvo murió en 2009, a los 104 años y cuando todavía no había una sentencia ni siquiera en primera instancia. Algunos de sus familiares directos siguieron adelante con la demanda en curso y el 17 de marzo de 2016 el Juzgado Letrado de Familia de 27º Turno le dio la razón a Del Castillo.

Es decir que en primera instancia, la Justicia resolvió que la viuda de Daniel Romay no tenía que devolver los bienes que habían sido donados a su marido. Pero la familia Romay Salvo no dio el brazo a torcer y apeló el fallo. Fue así que el 6 de setiembre de 2017, un tribunal de apelaciones condenó a Del Castillo a devolver lo obtenido por su esposo a su familia.

Para los demandantes, la sentencia de primera instancia no aplicó bien el artículo 1101 del Código Civil que establece que toda donación hecha a un heredero forzoso (hijos, por ejemplo) se le imputa a quien le corresponde, excepto que haya una escritura donde se exprese que se hizo "a favor de extraños". Del Castillo afirmaba poseer un documento que acreditaba ese punto, pero María Elvira Salvo desconoció haberlo firmado.

En el escrito en el que apelan el fallo también indica que no se interpretó de forma correcta el artículo 1103 del Código Civil, por el que si el heredero al que se le hizo la donación "llegara a faltar" por distintos motivos, entre los que se encuentra la muerte, pasará a sus descendientes. Como Daniel Romay no tuvo hijos y murió antes que su madre, los demandantes entendieron que todo debía volver a la familia.

Para el Tribunal de Apelaciones, "sería una falacia asumir que la celebración del contrato que tiene a Salvo como cedente implicaba que considerara a su nuera como titular de parte de los bienes objeto de los contratos de donación".

Como la SCJ desestimó el recurso de casación, se mantiene firme la decisión del Tribunal de Apelaciones.
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