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"Lo hemos mantenido: el decreto sigue vigente”, dijo a El Observador el director general de Salud, Yamandú Bermúdez. El decreto al que se refiere obliga a la mujer embarazada con sífilis a “revelar la identidad y paradero de su pareja sexual, a efectos de realizar su tratamiento”. Si la paciente se niega, o si su pareja no va, el centro de salud debe cursar “la denuncia policial pertinente a los efectos de ubicar” al hombre y “conducirlo” a tratarse.

La norma fue aprobada el 20 de setiembre con la firma del ministro Jorge Venegas y el presidente José Mujica, pero luego se desató una tormenta de críticas. En un ateneo de la cátedra de Medicina Legal fue tildada de “ilegal” y “violenta” (ver apunte). En el gabinete del Ministerio de Salud Pública (MSP) algunos directores expresaron su desacuerdo por el “alto contenido militar”.

Los cuestionamientos hicieron que el decreto quedara un tiempo en suspenso. A fines de setiembre, apenas fue promulgado, generó una fuerte discusión en el gabinete de salud. Según informó el semanario Búsqueda, el ministro Jorge Venegas expresó su “sorpresa” por el contenido de la norma, pese a que llevaba su firma.

Según dijeron a El Observador fuentes de la cartera, el ministro mandó que se corrigiera y se modificara su redacción. Hace aproximadamente un mes desde el área de comunicación del MSP dijeron a El Observador que se había pedido opinión a otras cátedras médicas involucradas en el tema para decidir en base a los distintos aportes.

Sin embargo, Bermúdez aseguró ayer que el decreto seguirá vigente porque, a pesar del rechazo generalizado, “nadie tiró una idea”. “Si me dan una solución, perfecto: lo discutimos de nuevo y lo armamos”, planteó el jerarca. Además, señaló que no se le hizo ninguna modificación al texto.

Para Bermúdez el decreto se justifica porque “por encima del derecho individual está el derecho colectivo”, y el Estado debe actuar en los casos en que eso no se cumpla. “No significa que los traigamos encadenados ni a latigazos. No llevemos las cosas a un extremo medieval. Hay muchos medios para convencer al paciente de que se trate”, aclaró.

El jerarca no sabe si los centros de salud públicos y privados están al tanto de este decreto, pero sospecha que sí. De todas formas, aclaró: “Nosotros elaboramos las normas, pero no andamos atrás para que se apliquen. Si surge la situación de incumplimiento, tengo respaldo legal para hacer cumplir”.

Más allá de lo que dice Bermúdez, el ministerio es el organismo que tiene a cargo la tarea de fiscalización a los distintos prestadores de salud.

Según el número tres del MSP, el gobierno no tiene previsto hacer una campaña informativa ya que basta con la publicación del decreto en el sitio web. Sin embargo, en la página no está accesible, o al menos no se encuentra fácilmente.

El decreto considera que la sífilis congénita es “un riesgo para la salud colectiva y por tanto constituye un peligro público”. La transmisión de la enfermedad de madre a hijo viene creciendo en Uruguay desde 2005. Además, es uno de los países con más prevalencia en la región.

Si bien el tratamiento de las embarazadas con sífilis es sencillo (basta con una inyección de penicilina, que cuesta unos $ 200), el nudo del asunto es que vuelven a enfermarse porque sus parejas sexuales están infectadas. Esto es difícil de manejar si la mujer no asiste a los controles periódicos o miente acerca de su pareja.

Aunque no hay cifras certeras sobre la mortalidad de la sífilis congénita, se sabe que provoca abortos, prematurez, complicaciones neurológicas, renales, pulmonares o hematológicas. A veces ocasiona la muerte o deja graves secuelas.

Para Bermúdez el panorama es oscuro si se tiene en cuenta la baja natalidad, el aumento de la mortalidad infantil en su componente neonatal precoz (la muerte durante la primera semana) y el crecimiento de la sífilis congénita. Sobre esta última es “más fácil” tomar medidas, opinó.
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