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REPERFILAMIENTO DE LAS DEUDAS FAMILIARES EN MONEDA EXTRANJERA

PRESTAMOS HIPOTECARIOS

*Terrenos e inmuebles otros destinos

-Fijación de la cuota en 2/3 del mando contractual como máximo


Instrumentos:


-Alargue de plazo


-baja de tasa de interés


-Exoneración de UVA 23% a los intereses

-Para préstamos con saldos de hasta US$ 50.000 (BROU)

-Pago con 15% efectivo y saldo en bonos soberanos


-Se acepta por parte del BROU, también con sus depósitos reprogramados


-Para préstamos con saldo de gasta US$ 100.000 (BROU, NUEVO BANCO COMERCIAL y Fondos)

PRESTAMOS PRENDARIOS

Instrumentos:


-Alargue de plazo


-Baja de tasa de interés

Delimitación:

-vigentes a junio de 2002 y por los saldos impagos de deudas contraídas con anterioridad a la fecha


-Aplicable a deudas de hasta US$ 2.500 para las mayores, por los primeros US$ 2.500

Disposiciones comunes a todas las categorías:


-En todos los casos se remiten los intereses y cargos moratorios, desde junio de 2002 en adelante


-Otorgada la refinanciación se suspenden las acciones prejudiciales y judiciales. Las que podrán retomarse en caso de incumplimiento del acuerdo de refinanciación.


-Los fondos de liquidación adoptarán las mismas pautas


-Sólo aplicable a deudores de buena fe.

Deudas en catergoría vencidas a junio 2002

Delimitación: hasta US$ 50.000 con garantía y US$ 2.500, sin garantía, de buena fe


-Entrega de las cuotas contractuales vencidas hasta abril del 2002 o 5% del valor de tasación original del bien dado en garantía o embargado


-Los beneficios del régimen se aplican a partir de junio de 2002.

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