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Veda electoral: ¿se puede comprar alcohol hoy, 17 de noviembre?

Comenzó la veda electoral con motivo del balotaje 2023 y esto es todo lo que tenés que saber.
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17 de noviembre de 2023 a las 19:30

Este domingo 19 de noviembre, se llevará a cabo el Balotaje 2023 en Argentina. Como consecuencia, hoy viernes entra en vigor la veda electoral, que implica la restricción de diversas actividades, entre ellas la venta de alcohol

Durante el período de la veda electoral y hasta su conclusión, quedará prohibida la venta de bebidas alcohólicas. En esta ocasión, a pesar de que la veda comenzó con antelación, la adquisición de bebidas alcohólicas no estará permitida a partir de las 20 horas del sábado 18 hasta las 21 del domingo 19.

La veda se inició hoy a las 8 de la mañana, horario establecido en el calendario electoral durante el cual diversas actividades quedan prohibidas por disposición del Gobierno. Las restricciones detalladas en el artículo 71 del Código Nacional Electoral estarán en vigor hasta el domingo a las 21, tres horas después del cierre de la votación.

Cuáles son las actividades que no están permitidas

 

Se van a aplicar diversas restricciones tanto a candidatos como a votantes. Estas limitaciones son las siguientes:

  • Se prohíbe admitir reuniones de electores o el depósito de armas a cualquier persona que resida en centros urbanos dentro de un radio de ochenta metros alrededor de la mesa receptora durante las horas de la elección.
  • Quedan suspendidos los espectáculos populares, ya sea al aire libre o en recintos cerrados, así como las fiestas teatrales, deportivas y cualquier tipo de reuniones públicas que no estén relacionadas con el acto electoral, tanto durante su desarrollo como hasta transcurridas tres horas después de su clausura.
  • Las casas destinadas al expendio de bebidas alcohólicas no podrán permanecer abiertas hasta pasadas tres horas del cierre de los comicios.
  • Se prohíbe ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio en un radio de ochenta metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
  • A los electores se les prohíbe portar armas, utilizar banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de su conclusión.
  • Queda prohibida la realización de actos públicos de proselitismo, así como la publicación y difusión de encuestas y sondeos preelectorales desde cuarenta y ocho horas antes del inicio del comicio hasta el cierre del mismo.
  • No se permite la apertura de organismos partidarios dentro de un radio de ochenta metros del lugar donde se instalen mesas receptoras de votos. La Junta Electoral Nacional o sus miembros pueden ordenar el cierre transitorio de los locales que infrinjan esta disposición. Además, no se instalarán mesas receptoras a menos de ochenta metros de la sede que alberga el domicilio legal de los partidos nacionales o de distrito.
  • Queda prohibida la publicación o difusión de encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización de los comicios y hasta tres horas después de su cierre.

Qué pasa con los boliches y bares

 

La restricción se extiende igualmente a los bares y restaurantes, los cuales podrán comercializar alcohol hasta el límite horario y estarán obligados a cerrar a las 00 horas del sábado. A pesar de que los boliches también están sujetos a las mismas condiciones, es frecuente que no abran sus puertas en las vísperas de las elecciones.

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