El Banco Central de la República Argentina (BCRA) derogó este jueves una disposición que permitía a los bancos rechazar transferencias en moneda extranjera por la simple sospecha de una posible violación a las rígidas normas cambiarias. La medida es para las Cuentas Especiales de Regularización de Activos, es decir, apunta a facilitar el blanqueo de capitales en curso, y constituye un paso más hace el desarme del nudo de las múltiples regulaciones cambiarias acumuladas durante los últimos años popularmente conocido como "cepo cambiario".
La disposición dada de baja permitía a las entidades bancarias rechazar una transferencia en moneda extranjera por la sola “sospecha de que la transferencia esté asociada a un incumplimiento de la normativa sobre compra de moneda extranjera por parte de personas humanas residentes para la formación de activos externos”. El único requisito para los bancos era informar el motivo del rechazo al cliente afectado. Ahora, aún cuando tenga indicios de que la transferencia que recibe no está cumpliendo con alguna parte de las restricciones todavía vigentes, esa circunstancia no será motivo para que los bancos receptores rechacen la operación.
Junto con esa norma, el Central también derogó disposiciones vinculadas al principio conocido como “conozca a su cliente”, precepto que obliga a las entidades a precisar la identidad y los movimientos de cada depositante con el objeto de detectar posibles operaciones de lavado de dinero. De ese modo, dejó de ser obligatorio para los bancos tomar “recaudos especiales de manera previa a la efectivización de una transferencia a los fines de continuar con la política de minimizar el riesgo”. Entre las restricciones que estabn vigentes se encontraban la prohibición de transferir a cuentas de destino que no tenían registrada una antigüedad mayor a los 180 días o que no hubieran registrado movimientos (ingresos o débitos) en los 180 días previos a la fecha de la transferencia inmediata que los tenía como destino. También, están se eliminó la restricción para las cuentas de destino que no hayan sido previamente asociadas por el originante de la transferencia a través de cajeros automáticos, en sede de la entidad financiera o por cualquier otro mecanismo que ella considere pertinente.
Una de las primeras decisiones de la actual conducción del Central consistió en anular la obligación para los bancos de bloquear la segunda transferencia en dólares hacia una misma cuenta bancaria en un mismo mes. Hasta el año pasado, el Banco Central frenaba las transacciones en dólares hacia cuentas bancarias, por lo que si el usuario compraba dólares financieros solo podía transferirlos a su banco una vez por mes. Si el cliente hacía una segunda operación desde su cuenta comitente de la app a su caja de ahorro bancaria, el banco tenía obligación de bloquearla y pedir documentación que respaldara esa operación. Las derogaciones del jueves vinieron a complementar esa norma.
La flexibilización anunciada el jueves funciona además como un modo de facilitar el blanqueo, en el que el Gobierno apunta especialmente a que se regularicen montos menores a USD 100.000 y en efectivo. Pero además, forma parte de los nudos que viene desatando la actual conducción, de una larga serie de pequeñas restricciones cambiarias acumuladas a lo largo de muchos años. En ese camino de desactivar el cepo, la semana pasada el Central elevó de USD 10.000 a USD 100.000 el tope a partir del cual es obligatorio informar compras de dólares con antelación en el mercado libre de cambios, facilitando las operaciones de bajos montos. También eliminó un registro para importadores al que era necesario adherirse para poder hacer pagos de comercio exterior.
En julio, el Central había derogado la restricción para la compra de dólares en el mercado financiero (dólar MEP y contado con liquidación) a aquellas personas que habían recibido ayuda salarial del Estado durante la pandemia a través del programa ATP y también a quienes reciben subsidios a las tarifas de los servicios públicos.