El diputado socialista Esteban Paulón anticipó que el próximo lunes presentará un pedido de juicio político contra el presidente Javier Milei por haber promocionado el token $LIBRA el viernes en redes sociales.
"Imagino que los que inventaron el 'hackeo mundial' ahora deberán reconocer que el Presidente @JMilei por impericia o codicia, promocionó una estafa ponzi con memecoins", escribió el legislador santafesino en X, donde también adjuntó el proyecto.
El texto que, según señaló Paulón, se encuentra en instancia de elaboración junto a otros diputados y diputadas de diversos bloques, advierte como causal el mal desempeño y eventuales delitos cometidos en el ejercicio de las funciones de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 53 y ccdtes. de la Constitutución Nacional de la República Argentina.
"Es la segunda vez que, como funcionario, Milei publicita activos del mundo crypto que terminan siendo una estafa. ¿Le cabría la penalidad por reiterancia que propone en el proyecto que Patricia Bullrich envió al Senado? Vamos a exigir que los organismos responsables auditen para que se pueda saber quiénes son los que lucraron a costa de argentinos que creyeron en el posteo del Presidente", sumó por su parte el presidente de la Unión Cívica Radical (UCR) y senador nacional por la Ciudad de Buenos Aires, Martín Lousteau.
Misma postura adoptó el gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof: "Milei tiene que explicar ante el país y ante la justicia quiénes son los estafadores y a quiénes benefició. Tiene que quedar claro si él y su entorno están entre los estafadores. El presidente de la Argentina fue parte una estafa mundial. Es un escándalo y una vergüenza. Pero, ante todo, es un delito".
Juicio político a Javier Milei: qué dice la Ley de Ética Pública
La Ley 25.188 de Ética en el Ejercicio de la Función Pública establece los deberes, prohibiciones e incompatibilidades aplicables, sin excepción, a todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, en forma permanente o transitoria, por elección popular, designación directa, por concurso o por cualquier otro medio legal, extendiéndose su aplicación a todos los magistrados, funcionarios y empleados del Estado.
Los sujetos comprendidos en la normativa se encuentran obligados así a cumplir con los siguientes deberes y pautas de comportamiento ético:
a) Cumplir y hacer cumplir estrictamente Constitución Nacional, las leyes y los reglamentos que en su consecuencia se dicten y defender el sistema republicano y democrático de gobierno;
b) Desempeñarse con la observancia y respeto de los principios y pautas éticas establecidas en la presente ley: honestidad, probidad, rectitud, buena fe y austeridad republicana;
c) Velar en todos sus actos por los intereses del Estado, orientados a la satisfacción del bienestar general, privilegiando de esa manera el interés público sobre el particular;
d) No recibir ningún beneficio personal indebido vinculado a la realización, retardo u omisión de un acto inherente a sus funciones, ni imponer condiciones especiales que deriven en ello;
e) Fundar sus actos y mostrar la mayor transparencia en las decisiones adoptadas sin restringir información, a menos que una norma o el interés público claramente lo exijan;
f) Proteger y conservar la propiedad del Estado y sólo emplear sus bienes con los fines autorizados. Abstenerse de utilizar información adquirida en el cumplimiento de sus funciones para realizar actividades no relacionadas con sus tareas oficiales o de permitir su uso en beneficio de intereses privados;
g) Abstenerse de usar las instalaciones y servicios del Estado para su beneficio particular o para el de sus familiares, allegados o personas ajenas a la función oficial, a fin de avalar o promover algún producto, servicio o empresa;
h) Observar en los procedimientos de contrataciones públicas en los que intervengan los principios de publicidad, igualdad, concurrencia razonabilidad;
i) Abstenerse de intervenir en todo asunto respecto al cual se encuentre comprendido en alguna de las causas de excusación previstas en ley procesal civil.
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El Presidente afirmó que "de ninguna manera el dólar está atrasado" y señaló que ciertos sectores están presionando para una devaluación.
Al trasladar el marco legal a los argumentos esbozados en el pedido de juicio político impulsado por el diputado Paulón, este último enfatiza investiga y dictaminar el grado de responsabilidad del mandatario por su posible participación en la presunta defraudación vinculada a la cripto $LIBRA apoyada en el punto f) de la normativa detallada anteriormente.
¿Cuáles son los pasos de un juicio político en Argentina?
El juicio político en Argentina está regulado por la Constitución Nacional y tiene como objetivo destituir a altos funcionarios en caso de que incurran en mal desempeño, delitos en el ejercicio de sus funciones o crímenes comunes. El proceso involucra al Congreso Nacional y se desarrolla en varias etapas:
1. Presentación de la Acusación
- ¿Quién puede ser sometido a juicio político?
- Presidente y vicepresidente de la Nación
- Jefe de Gabinete de Ministros
- Ministros del Poder Ejecutivo
- Miembros de la Corte Suprema de Justicia
- ¿Quién puede iniciar la acusación?
- La Cámara de Diputados, por iniciativa propia o por denuncias de ciudadanos, legisladores o instituciones.
2. Tratamiento en la Cámara de Diputados
- La Comisión de Juicio Político analiza la denuncia y decide si hay motivos suficientes para iniciar el proceso.
- Si la comisión aprueba el pedido, la acusación se trata en el recinto.
- Se requiere una mayoría de dos tercios de los miembros presentes para aprobar la acusación y enviar el caso al Senado.
3. Juicio en el Senado
- Actúa como tribunal de sentencia, presidido por el presidente de la Corte Suprema de Justicia (si el acusado es el Presidente de la Nación).
- Se lleva a cabo un juicio donde se presentan pruebas y testimonios.
- El acusado tiene derecho a la defensa.
- Para la destitución, se requiere una mayoría de dos tercios de los senadores presentes.
4. Consecuencias
- Si el acusado es encontrado culpable, es destituido de su cargo.
- Puede ser inhabilitado para ejercer cargos públicos en el futuro.
- La condena en el juicio político no implica penas penales, pero el funcionario puede ser juzgado por la justicia ordinaria si se lo encuentra responsable de un delito.