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Rentistas fue condenado días atrás por el Tribunal Arbitral del Deporte (TAS) a indemnizar a Defensor Sporting por la venta de Cristian "Kike" Olivera realizada a Almería en 2020 ya que los violetas tenían un porcentaje del pase y nunca se les pagó.

El laudo, fechado el 9 de enero de 2026 y publicado por el TAS, ratificó que Defensor tiene derecho a recibir una suma reparatoria-indemnizatoria que deberá determinarse en un incidente de liquidación, con un tope máximo del 30% del monto neto de aquella transferencia.

Defensor Sporting está ahora abocado a ejecutar ese fallo que le permita cuantificar el monto a percibir.

El mismo fue dictado por la argentina Mariano Clariá como presidenta del caso, y los árbitros María Florencia Chírico, uruguaya, y Juan Pablo Arriagada, chileno.

El TAS, con sede en Lausana, rechazó en su laudo la apelación de Rentistas SAD y del Club Atlético Rentistas y confirmó íntegramente las decisiones de la Comisión de Apelaciones de la Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF) que ordenaron pagarle a Defensor Sporting una compensación económica por la transferencia Olivera.

Rentistas se lo vendió a Almería tras el gran destaque del extremo en el Torneo Apertura de 2020 cuando el entrenador era Alejandro Cappuccio -a la psotre campeones ya sin Olivera en el plantel- y el monto de la operación fue de 3,5 millones de euros.

El trasfondo del asunto: el pase de Defensor Sporting a Rentistas en juveniles

En febrero de 2016, Defensor y Rentistas firmaron un convenio por el pase del jugador, entonces menor de edad y jugador de las formativas del violeta, en el que se establecía que estos cobrarían “el equivalente al 30% del monto neto” de la primera transferencia del futbolista a un tercero. Por ese convenio, el delantero fue cedido al bicho colorado desde donde llegó a debutar en Primera cuando el equipo militaba en la Segunda División Profesional.

Sin embargo, ese convenio luego fue declarado nulo absolutamente por el propio TAS en un laudo decretado en 2023, entre otros motivos porque no lo firmaron los representantes legales del menor.

Tras esa nulidad, Defensor Sporting no se quedó quieto e inició un segundo reclamo ante la AUF, en junio de 2024, ya no para exigir el cumplimiento del convenio, sino para pedir una restitución indemnizatoria por el perjuicio causado.

Qué resolvió el TAS en esta ocasión

Rentistas alegó que el reclamo era extemporáneo y que ya había prescripto. Sin embargo, el TAS rechazó ese planteo.

El bicho colorado, defendido por Adrián Leiza por la SAD y Eduardo Bebekian por la civil sostuvieron, además, que ese reclamó que Defensor Sporting, representado por Martín Acosta, hizo en junio de 2024 debió realizarse subsidiariamente en el primer reclamo.

Pero el TAS concluyó que no correspondía bloquear el nuevo reclamo, porque la acumulación de pretensiones del art. 120 del Código General del Proceso es facultativa (“podrá”) y sin sanción expresa, por las consecuencias patrimoniales de la nulidad dependían de una declaración previa (el laudo 2023) y porque no advirtió mala fe ni fraccionamiento artificial del litigio.

La clave de fondo: por qué el TAS avaló que se pague igual aunque el convenio era nulo

El punto central del laudo es que, aunque el convenio de 2016 sea nulo, Defensor Sporting igualmente tiene derecho a una compensación por los efectos patrimoniales derivados de esa operación.

El TAS sostuvo que la solución adecuada no era “revivir” el contrato nulo, sino encuadrar el caso como restitución por nulidad conforme a los artículos 1565 y 1566 del Código Civil uruguayo.

Se entendió que Defensor Sporting hizo una prestación efectiva (cedió los derechos federativos) que ya no puede revertirse “en especie” (el jugador fue inscripto, firmó contrato profesional y fue transferido) y por eso, corresponde una restitución por equivalente económico para evitar que Rentistas conserve íntegramente el beneficio.

Además, se llegó a la conclusión de que Rentistas obtuvo beneficios del acuerdo y luego invocó la nulidad al momento de pagar.

Cuánto paga Rentistas

El TAS no fijó un monto final por lo que Rentistas deberá pagar una suma a determinar en una liquidación y la misma tendrá un techo del 30% del monto neto de la transferencia a Almería,

Defensor Sporting presentará en su reclamo los intereses devengados desde setiembre de 2020 a la fecha.

El 30% de €3,5 millones equivale a €1.050.000 pero esa cifra se elevará con los intereses. El 20% del monto que se fije en el proceso de liquidación pertenece, por la normativa FIFA, al futbolista Olivera. El 20% de €1.050.000 son € 210 mil, aunque en este caso el monto también puede ser mayor, por los intereses, o menor si en el proceso de liquidación no se llega a fijar el tope máximo de 30% que dispuso el TAS sino un porcentaje menor.

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