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La Dirección General Impositiva (DGI) habilitó el calendario para la campaña de IRPF 2026, correspondiente al ejercicio fiscal 2025. Quienes necesiten presentar la declaración jurada para acceder a devoluciones o saldar impuestos deberán realizar el trámite entre el 29 de junio y el 31 de agosto.

El proceso permite confirmar los ingresos anuales y agregar deducciones clave, como el pago de alquileres o cuotas hipotecarias. El trámite se realiza de forma completamente digital a través de los canales oficiales del organismo.

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Quiénes están obligados a presentarla

La normativa tributaria establece que no todos los contribuyentes deben realizar este trámite. La obligación recae sobre los trabajadores dependientes que en 2025 superaron los $963.510 nominales y tuvieron más de un empleador.

También abarca a quienes no presentaron el formulario 3100 a tiempo, a los trabajadores independientes que no tributan IRAE y a quienes optaron por la reducción del 5% mediante el régimen de núcleo familiar.

Por otro lado, la presentación es opcional para aquellos trabajadores que deseen declarar créditos a su favor para obtener una devolución mayor, como el 8% del alquiler anual o el pago de cuotas hipotecarias.

Los requisitos para el trámite

Para iniciar la gestión en el sistema de la DGI, el usuario debe contar con un método de autenticación válido. Las opciones habilitadas son:

El paso a paso para hacer la declaración

El trámite se realiza mediante el Formulario 1102, que ya cuenta con la información precargada por el organismo. Para completarlo, seguí estas instrucciones:

Cuándo se cobran las devoluciones

Los trabajadores que cuenten con una devolución automática, sin necesidad de presentar la declaración, comenzarán a recibir los pagos a partir de mediados de junio de 2026.

Para quienes presenten la declaración jurada y generen un saldo a favor, el dinero será depositado en la cuenta bancaria registrada a nombre del titular o quedará disponible para cobrar en redes de cobranza.

El estado del trámite y la fecha estimada de pago se pueden consultar directamente en la web de la DGI, ingresando al apartado de devoluciones con el documento de identidad.

Temas:

IRPF DGI declaración jurada Ai studio

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