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La Dirección General Impositiva (DGI) permite a los contribuyentes consultar por internet y con la cédula si tienen una devolución de IRPF pendiente de cobro, además de verificar el monto, el estado del trámite y la forma en que podrán recibir el dinero.

Las devoluciones correspondientes al último ejercicio comenzaron a informarse desde junio y alcanzan tanto a quienes generan un crédito de forma automática como a quienes obtienen un saldo a favor tras presentar la declaración jurada.

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Paso a paso: cómo consultar con tu cédula si tenés crédito a favor

La Dirección General Impositiva (DGI) habilitó una consulta online para que los contribuyentes puedan verificar si tienen un crédito a favor por la devolución del IRPF 2026, conocer el monto y el estado del trámite.

Para acceder al servicio es necesario ingresar al portal de Servicios en Línea de la DGI e identificarse mediante alguno de los mecanismos de identidad digital habilitados, como Usuario Gub.uy, Identidad Mobile Abitab, TuID de Antel, la cédula de identidad electrónica con chip o Usuario DGI.

Una vez dentro del sistema, el contribuyente debe seleccionar la opción "Consulta de Devoluciones", donde podrá verificar:

La misma consulta también puede realizarse desde la aplicación móvil de la DGI.

Cuándo se paga la devolución de IRPF en 2026

De acuerdo con el calendario oficial de la DGI:

La DGI también habilita la consulta mediante el WhatsApp 098 134 400. Además, quienes tengan un número de celular registrado reciben un mensaje de texto (SMS) cuando la devolución queda habilitada para el cobro o si el organismo detectó alguna observación que deba corregirse.

Quiénes pueden recibir una devolución de IRPF

Las devoluciones pueden originarse de dos maneras.

La primera corresponde a las devoluciones automáticas, que benefician a trabajadores que durante el año tuvieron un único empleador, continuaban trabajando para esa empresa en diciembre y no optaron por la reducción de retenciones por núcleo familiar.

En estos casos, el empleador realiza el ajuste anual del impuesto y, si hubo retenciones en exceso, comunica esa información a la DGI, que habilita el reintegro sin necesidad de presentar una declaración jurada.

La segunda modalidad corresponde a quienes presentan la declaración jurada de IRPF. Pueden obtener un crédito trabajadores dependientes, independientes y contribuyentes por rentas de capital, siempre que, tras los controles de la DGI, surja un saldo a favor.

Quienes pretendan acceder a devoluciones por créditos de alquiler o por la deducción de cuotas de préstamos hipotecarios deberán presentar la declaración jurada.

Qué hacer si la devolución tiene observaciones

Si durante los controles la DGI detecta alguna inconsistencia, el contribuyente podrá verla en la consulta de devoluciones.

Para corregirla deberá iniciar el trámite correspondiente en los Servicios en Línea de la DGI, dentro de la sección destinada a devoluciones con observaciones.

Cómo se cobra la devolución

La devolución del IRPF puede cobrarse de tres formas:

Quién puede cobrar el dinero

La devolución puede ser retirada por el titular del crédito, presentando su documento de identidad vigente.

En el caso de los trabajadores independientes, además deberán acreditar su inscripción en el Registro Único de Contribuyentes (RUC).

También puede cobrar un representante autorizado previamente ante la DGI.

Si la devolución corresponde a una declaración presentada por núcleo familiar, cualquiera de los dos cónyuges podrá retirar el dinero presentando su documento de identidad.

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