El presidente de la República, Luis Lacalle Pou, se refirió a la situación de la Intendencia de Artigas que terminó con el intendente Pablo Caram y la diputada Valentina Dos Santos condenados e inhabilitados para presentarse en las próximas elecciones por el Partido Nacional.
Lacalle fue consultado sobre si el caso afectaba al Partido Nacional pero evitó profundizar en el tema.
"Hace cuatro años y medio más o menos que soy presidente y nunca hablé de política partidaria. No es que ahora me saque los ojos con la pezuña. Nunca hablé. Yo soy presidente de todos los uruguayos", argumentó.
De todos modos, luego dijo que contestaría la pregunta, aunque no desde el punto de vista partidario. "Simplemente que lo que está mal, está mal del partido que sea", agregó.
El periodista le repreguntó si las condenas afectaban la imagen del Partido Nacional y Lacalle volvió a negarse a referirse a esa situación: "El dos de marzo, acá nos juntamos y hablamos de política".
La decisión de los blancos con Pablo Caram y Valentina Dos Santos
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Instagram Valentina Dos Santos
El Honorable Directorio del Partido Nacional resolvió impedirle a Pablo Caram, Rodolfo Caram y Valentina Dos Santos utilizar el lema en las próximas elecciones, según confirmó El Observador con fuentes blancas.
La decisión deja a Dos Santos impedida de postularse a la Intendencia de Artigas en mayo de 2025, algo que preveía ya que habrá cumplido la condena y su sector (Artigas Adelante) tiene los convencionales suficientes para impulsarla.
Pablo Caram, Rodolfo Caram y Valentina Dos Santos fueron condenados por la Justicia en el marco del escándalo por las horas extras irregulares de la intendencia departamental.
El ahora exintendente fue condenado a 14 meses de prisión por un delito de omisión a denunciar delitos que se sustituyó por libertad a prueba al alcanzar un acuerdo abreviado con el fiscal de Artigas, Federico Rodríguez.
Dos Santos, en tanto, fue condenada por el delito de usurpación de funciones –tomaba decisiones dentro del gobierno departamental que no le correspondían como ordenar el pago de horas extras– a seis meses de prisión que serán cumplidos bajo el régimen de libertad a prueba y con dos meses de trabajo comunitario.