La Junta Departamental de Canelones aprobó por mayoría que la intendencia canaria pueda regular Uber y otras plataformas de transporte de pasajeros.
La votación resultó con 18 votos afirmativos y 13 negativos, a la vez que dispuso nuevas regulaciones para los conductores y para las propias empresas.
El tercer artículo del proyecto afirma que "los titulares de los vehículos deberán contar con un permiso otorgado por la Intendencia de Canelones, el cual será precario y revocable".
"La calidad de titular debe surgir del Registro de la Propiedad Automotor y/o del Registro de Vehículos de la Intendencia de Canelones a través del Documento de Identificación Vehicular (DIV) y se justificara en la forma que establezca la reglamentación", agrega el articulado.
"Podrán ser permisarios los propietarios de los vehículos en su condición de personas físicas o jurídicas o quienes se encuentren en condición de usuarios de vehículos afectados bajo la modalidad de leasing", además "los permisos se otorgarán por cada vehículo" y "ninguna persona física o jurídica podrá ser titular de más de un permiso afectado al servicio regulado en el presente decreto a nivel departamental y/o nacional", entre otras disposiciones.
"Quien sea permisario titular de dicho permiso podrá ceder el mismo a un familiar sin costo alguno o transferir a un tercero con el costo que la intendencia reglamente para el cambio de titularidad del mismo", añade el documento.
Además, según explica el quinto artículo del decreto, "los titulares u operadores de plataformas electrónicas deberán abonar a la Intendencia de Canelones un canon de 0,45 Unidades Indexadas por kilómetro recorrido desde el inicio del viaje hasta la finalización del mismo". Este canon "se liquidará en forma mensual y se abonará en la forma y plazos que determine la reglamentación".
La recaudación "se volcará en su totalidad a un Fondo para la mejora del Transporte Público de Pasajeros Departamental que se crea en el presente decreto".
El coordinador de la bancada del Partido Nacional, Alejandro Repetto, afirmó que el oficialismo no le dio tiempo ni escuchó a los trabajadores y a los permisarios del taxi. "No los recibieron formalmente y hay muchas dudas en cuanto a la transparencia", contó el edil opositor en diálogo con El Observador.
Cuáles son las obligaciones que deben cumplir los conductores
El decreto departamental establece las siguientes obligaciones para los conductores:
- Tener licencia de conducir vigente en la Categoría "E" expedida por la Intendencia de Canelones.
- Tener carnet de salud vigente.
- Presentar Certificado de Antecedentes Judiciales.
- Presentar Certificado de No Inscripción en el Registro Nacional de Violadores y Abusadores Sexuales.
- Aceptar viajes despachados únicamente por las plataformas habilitadas en las que esté debidamente registrado el vehículo.
- Cumplir con las normas fiscales, de previsión social y laboral que rigen la actividad.
- Permitir y facilitar el ascenso de perros guías que acompañen a personas con discapacidad visual.
- No conducir el vehículo en estado de ebriedad o bajo los efectos de sustancias psicoactivas. Tampoco podrá fumar, consumir alimentos, bebidas alcohólicas ni sustancias psicoactivas durante la prestación del servicio. Esta última prohibición alcanza a los pasajeros.
- No conducir el vehículo por más de 8 horas corridas ni más de 12 horas en un día.
- No conducir el vehículo prestando el servicio cuando no reúna las condiciones establecidas en el Artículo 16 o en las que disponga por vía de la reglamentación.
- Los conductores podrán negar el traslado de pasajeros que impliquen un riesgo a la seguridad del conductor y/o del vehículo, así como cuando se trate de pasajeros que no presenten condiciones de higiene adecuadas. Ante esta negativa, los conductores bajo ningún concepto podrán ser sancionados o bloqueados por la plataforma intermediaria arbitrariamente.
Cuáles son las obligaciones que deben cumplir los vehículos
El decreto departamental establece las siguientes obligaciones para los vehículos:
- Tener una antigüedad máxima de 7 años desde su primer empadronamiento, salvo que se trate de vehículos eléctricos los cuales podrán tener una antigüedad de hasta 10 años.
- Estar empadronados en el Departamento de Canelones con matrícula diferencial al servicio, conforme a lo que disponga la Intendencia de Canelones.
- Tener capacidad máxima de 5 pasajeros, incluido el conductor
- Tener las condiciones y las prestaciones que exija la reglamentación.
- Contar con identificación vinculante a la matrícula y adicional a ésta, que deberá lucir en lugar visible conforme lo determine la reglamentación.
- Contar con certificado de inspección técnica vehicular anual a partir del tercer año desde la fecha de empadronamiento.
- Tener una distancia mínima de 3,60 mt, un ancho 1,6 metros, alto 1,4 metros. Capacidad del baúl mínima de 260 litros.
- h) contar con motor de 1000cc como mínimo.