¿El fin del secreto bancario?

El intercambio automático de información amenaza la confidencialidad bancaria

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30 de mayo de 2014 a las 08:24

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Hace ya algunos años, un 28 de diciembre de 2010, titulamos en este mismo periódico una columna con una pregunta similar a la de hoy. En esa ocasión, un año antes de que Uruguay fuera objetado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) por su sistema de sociedades con acciones al portador, anunciamos la alta probabilidad de que ello pasara cuando llegara el turno de que el Foro Global de Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales auditara nuestro marco regulatorio y lo contrastara con el estándar de intercambio de información de la misma organización. Y así sucedió.

Pues el título de hoy es, sin dudas, más preocupante. No tanto porque sea inminente –el proceso que ahora comentamos llevará tiempo, al menos, dos años–, sino por el impacto que trae para una institución que forma parte de la identidad histórica y jurídica del Uruguay, anclada en un derecho consagrado constitucionalmente, el de la intimidad. Pero además, porque esta corriente internacional exigirá realizar nuevos cambios en una regulación que ya fue reformada recientemente por presiones de la OCDE, precisamente en un aspecto que fue consensuado entre el gobierno y parte de la oposición: la garantía que supone para el contribuyente la participación de un juez en forma previa al levantamiento del secreto. Nada menos.

Repasar la historia reciente es herramienta gráfica para advertir lo inexorable de la corriente internacional.

En la cumbre de San Petersburgo de setiembre de 2013, siguiendo el compromiso asumido previamente por el G8 en junio del mismo año, los líderes del G20 respaldaron la propuesta de la OCDE de instituir un modelo verdaderamente universal de intercambio automático de información, e invitaron a esa misma organización a trabajar junto a los países miembros del G20 para presentar un estándar único para la reunión de Ministros de Finanzas y Presidentes de Bancos Centrales de febrero de 2014. En esa reunión, los ministros y presidentes aprobaron el estándar.

En abril de 2013, siguiendo el impulso generado por el proyecto Fatca de EEUU, los ministros de Finanzas de Francia, Alemania, Italia, España y el Reino Unido (todos países que firmaron acuerdos intergubernamentales para aplicar la ley Fatca con EEUU) proclamaron su propósito de firmar acuerdos de intercambio de información del estilo Fatca entre ellos, además de los que habían firmado individualmente con EEUU, y, para abril de 2014, ya más de 40 jurisdicciones se habían sumado al grupo para la adopción temprana del nuevo estándar OCDE.

Finalmente, en la reunión del Consejo Ministerial de la OCDE mantenida en París los días 6 y 7 de mayo de 2014, más de 60 jurisdicciones (los países miembros de la OCDE y otros países adherentes, entre los que se encuentran Brasil y Argentina) adoptaron la Declaración acerca del Intercambio Automático de Información en Materia Tributaria, por la que manifestaron su determinación a implementar el nuevo estándar global de forma acelerada y recíproca, convocando a todos los centros financieros a hacerlo también con la mayor celeridad, y destacando la necesidad de asistir técnicamente a los países en desarrollo para que logren adoptarlo a la brevedad.

Hasta aquí, todo claro. La orquesta de países desarrollados sigue marcando el compás del intercambio fiscal, ahora con una nueva partitura, la del intercambio automático.

Pero, ¿qué puede decirse del nuevo estándar de intercambio automático?

Primero, que no surge del vacío. Se basa en trabajos pasados de la propia OCDE en la materia, y suma los progresos alcanzados a nivel de la UE, las mejores prácticas internacionales de antilavado (GAFI), y los acuerdos intergubernamentales que distintos países han venido firmando con EEUU para la implementación de la ley Fatca, que ya hemos comentado en varias ocasiones en este mismo espacio. Una ley que, según la propia OCDE, ha actuado como “catalizador” del progreso hacia el nuevo estándar.

Segundo, que implica el intercambio de información automático (es decir, que los fiscos estarán interconectados), con una periodicidad anual, por lo menos, lo que supone un alto nivel de inversión tecnológica para permitir una interconectividad real. Y también que los fiscos permitan el trasiego de información en el ámbito puramente administrativo, esto es –y en contra de lo regulado hoy en nuestra normativa–, sin que medie en ningún caso la participación de un juez antes del levantamiento del secreto bancario o profesional en general.

Tercero, que alcanza información financiera, como saldos de cuenta de todo tipo de inversión (por ejemplo, intereses, dividendos, seguros y otras rentas pasivas), pero también estados contables y resultados de ventas derivadas de activos financieros.

Cuarto, que los obligados a reportar serán las instituciones financieras, lo que comprende, por supuesto, a los bancos, pero también a los custodios y a todo otro tipo de institución financiera en sentido amplio, como brokers, fondos de inversión colectiva o compañías de seguros.

Y quinto, que comprende cuentas de individuos y de entidades, con o sin fin de lucro, incluyendo fideicomisos y fundaciones, y transparentando los vehículos jurídicos interpuestos de forma artificial para alcanzar al beneficiario final con interés en la renta.

Por otra parte, el estándar también incorpora la descripción detallada de los deberes de due diligence que deben seguir las entidades financieras para identificar las cuentas a reportar.

Todo esto, como reconoce la propia OCDE, supondrá que los países trasladen a sus sistemas internos cambios para hacer aplicable el nuevo estándar, pero también que ingresen en acuerdos bilaterales o multilaterales en materia tributaria, o bien que renegocien los existentes para poder ajustarlos a los nuevos requerimientos. Y, para hacerlo efectivo, que tengan la capacidad tecnológica instalada suficiente, desde ya.

Aunque el mundo desarrollado comienza a mostrar señales de mejoría, sus fiscos no están dispuestos a renunciar el terreno ganado en la materia. Las cartas están echadas y las cifras de evasión mundial son apetitosas para financiar los altos déficits mundiales. Se trata, en palabras de la misma OCDE, del “fin del secreto bancario a efectos fiscales”. De nada vale acusar de hipócritas a quienes defienden la transparencia. Mejor estar preparado para enfrentar el desafío.



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