Fallo en favor del Ministerio que conduce Patricia Bullrich

Política > Medida en favor del Gobierno

CABA: la Justicia anuló la cautelar contra el protocolo antipiquete de Patricia Bullrich

La decisión fue adoptada por los camaristas Martín Irurzun y Eduardo Farah contra un exhorto dictado contra el Ministerio de Seguridad de la Nación.
Tiempo de lectura: -'
15 de febrero de 2024 a las 18:16

La Cámara Federal porteña emitió este jueves un fallo en el que declaró la nulidad de una resolución judicial que instaba al Ministerio de Seguridad de la Nación a ajustar las acciones de las fuerzas policiales y de seguridad federales al límite establecido por la Constitución Nacional al aplicar el protocolo de orden público.

Los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah también instaron al juez del caso, Sebastián Casanello, a determinar si tiene competencia para intervenir en el asunto, según lo resuelto por la sala II del Tribunal de Apelaciones.

El 6 de febrero, Casanello emitió una medida cautelar y tutelar en la que instaba al Ministerio de Seguridad de la Nación a "ajustar, dentro de su ámbito de competencia, las acciones de las fuerzas policiales y de seguridad federales a los límites establecidos por nuestro sistema constitucional de derecho".

Esta decisión fue impugnada por el Ministerio a cargo de Patricia Bullrich, y ahora la Cámara ha declarado su nulidad.

En su fallo, el Tribunal recordó que desde que se presentó la impugnación contra la legalidad del protocolo y se cuestionó su constitucionalidad, se han producido varias declaraciones de incompetencia en diversos ámbitos judiciales, como el electoral, el Contencioso Administrativo Federal y el juzgado nacional en lo criminal de instrucción.

Finalmente, el caso fue remitido al juzgado federal 7 a cargo de Casanello, quien lo tramitó como un habeas corpus y celebró una audiencia para escuchar a las partes, en la que estuvo presente Bullrich. Posteriormente, se ordenó un cuarto intermedio cuya fecha está por determinar.

Al declarar la nulidad de la resolución del 6 de febrero, los jueces Irurzun y Farah consideraron que "emitir desde la judicatura una serie de declaraciones de alcance general, con el único propósito de realizar 'exhortaciones' a otro poder del Estado", contradice la esencia del Poder Judicial, que consiste en decidir conflictos de derechos reales.

 

 

 

 

Comentarios

Registrate gratis y seguí navegando.

¿Ya estás registrado? iniciá sesión aquí.

Pasá de informarte a formar tu opinión.

Suscribite desde US$ 345 / mes

Elegí tu plan

Estás por alcanzar el límite de notas.

Suscribite ahora a

Te quedan 3 notas gratuitas.

Accedé ilimitado desde US$ 345 / mes

Esta es tu última nota gratuita.

Se parte de desde US$ 345 / mes

Alcanzaste el límite de notas gratuitas.

Elegí tu plan y accedé sin límites.

Ver planes

Contenido exclusivo de

Sé parte, pasá de informarte a formar tu opinión.

Si ya sos suscriptor Member, iniciá sesión acá

Cargando...