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Cómo afecta el coronavirus a los contratos y los posibles juicios por incumplimientos

La llegada de la pandemia trajo consigo la paralización de actividades e inevitablemente habrá incumplimientos en contratos que se resolverán de formas diversas.

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06 de abril de 2020 a las 05:00

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Un contrato firmado hace tres años no podía prever de ninguna forma la pandemia que golpea a más de la mitad del mundo. Uno firmado hace un mes, sí. Los trabajadores de las tiendas de los shoppings tienen muchas más dificultades para trabajar remoto que los de la industria del software. La realidad de la construcción no es la misma que la de las empresas distribuidoras. 

La llegada del coronavirus, primero en Asia, en Europa y luego en Uruguay, obligó a que muchas empresas paralizaran actividades o cambiaran sus formas de operar. Y, de forma inevitable, esa paralización lleva a que se incumplan obligaciones pactadas por contrato. 

En situaciones normales, los contratos regulados por el derecho privado, el código civil o los regidos por el código de comercio, establecen que ante un incumplimiento se debe abonar los daños y perjuicios ocasionados. Pero existen excepciones, denominadas eximentes de responsabilidad, que son eventos o circunstancias que justifican el incumplimiento y que permiten que no haya que pagar por estos perjuicios. 

“Es lo que se conoce como causa extraña no imputable o eximento de responsabilidad”, explicó a El Observador el gerente del departamento de Tax & Legal de Deloitte, Javier Domínguez. Son casos fortuitos, de fuerza mayor o lo que se denomina hechos del príncipe (cuando un acto de la administración tiene un efecto directo, como un decreto del Poder Ejecutivo que obliga a cerrar los shoppings). 

Pero esos hechos de fuerza mayor tienen que tener determinadas características para que sean considerados como tales. “Deben ser imprevisibles, irresistibles, externos, que no existan alternativas para evitar el incumplimiento y que haya un nexo causal entre el hecho y el incumplimiento”, explicó Dominguez. 

Eso está en la ley uruguaya, no es necesario que una cláusula lo prevea específicamente en el contrato. Pero si el acuerdo firmado establece algo particular para un caso como este, en general, se respeta y los jueces no suelen intervenir. Un magistrado puede intervenir en el caso de una relación desproporcionada entre una empresa muy grande y una chica por considerar una cláusula de estas como abusiva. Esas apartados son conocidos como cláusulas MAC (cambios adversos significativos, por su nombre en inglés). El contrato firmado entre el Estado y la empresa UPM tiene una cláusula de este tipo. 

Es imposible, según el gerente de Deloitte, establecer como regla general que el coronavirus es un hecho de fuerza mayor y, por lo tanto, es necesario analizar cada caso para determinarlo. 

Sin embargo, previo a llegar a un juicio, hay una serie de etapas de negociación, que ya se están desarrollando entre algunas empresas en Uruguay, para tratar de llegar a acuerdos que permitan evitar los juicios por incumplimiento. 

“Las partes tienen que de buena fe buscar alternativas. Incluso cuando esa alternativa sea un poco más onerosa. Si el esfuerzo adicional es razonable hay que hacerlo”, aseguró Domínguez. 

Sin embargo, hay algunos elementos que sí se pueden aplicar tomar como generales. Nadie que haya firmado un contrato hace más de seis meses podía tener en cuenta la posibilidad de la llegada del coronavirus a Uruguay, pero si ese contrato se firmó cuando el virus ya circulaba por varios países del mundo, el escenario es distinto. 

Las empresas reguladas por el Banco Central, explicó Domínguez a modo de ejemplo, tienen que tener planes de continuidad y en esos casos es más difícil poder evitar las obligaciones que establece un contrato. Se trata de compañías como las aseguradoras, los bancos o las AFAP. 

Los juicios

El experto aseguró que es inevitable que una vez superada la pandemia haya una serie de juicios en las industrias más afectadas. “Juicios va a haber, no todos van a llegar a una solución amigable, pero los juicios tienen costos y son largos”, explicó. 

Sin embargo, Domínguez espera que en un “contexto que afecta a todos” haya una instancia previa de negociación. “En algunos sectores, que no hayan podido arribar a soluciones acordadas, van a haber eventos de incumplimiento y si no hay salidas pactadas, o no aplica la fuerza mayor, puede que haya juicios y se levantes temas de responsabilidad contractual”, apuntó. 

 

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