Luego de un largo debate y varios cambios, la Cámara de Diputados aprobó con el respaldo del oficialismo y del diputado colorado Fernando Amado el artículo que habilita al Estado a dilatar el pago de deudas generadas por juicios perdidos. Este artículo fue calificado como inconstitucional por varios expertos en derecho.
El voto de Amado fue acordado en el martes cuando el diputado se reunió con el presidente, Tabaré Vázquez. A cambio el diputado acordó un aumento salarial para los directores de los centros educativos de toda la educación pública. El legislador fue calificado como "traidor" por los integrantes de la Asociación de Funcionarios Judiciales que llenaron las barras de la cámara. Al ser desalojados tras la votación, los funcionarios gritaron "arriba los que luchan" y "nosotros los pusimos en el gobierno" en referencia a la bancada del Frente Amplio.
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Amado justificó su votó asegurando que "no se puede tirar granadas de fragmentación en la economía" y aclaró que "no es bombero ni del Frente Amplio ni de la oposición".
En su redacción original, el artículo planteaba que el Estado quedaba "eximido de los plazos de cumplimiento" de pagos por demandas perdidas o laudos arbitrales, si consideraba que ello afectaba "la atención de los servicios a su cargo". Sin embargo, el texto aprobado plantea que "el Poder Ejecutivo podrá comprometer gastos de funcionamiento o de inversiones sin que exista crédito disponible, cuando se trate del cumplimiento de sentencias judiciales", entre otros, y agrega: "No obstante, cuando los montos a que refiera la condena sean sentencias laborales, civiles o de cualquier otra naturaleza, excedan las 75 millones de unidades indexadas (US$ 10 millones), el Poder Ejecutivo podrá hacer uso de la facultad establecida precedentemente o proponer las previsiones correspondientes en la próxima instancia presupuestal".
Además, también con el apoyo de Amado, de toda la oposición y del diputado suplente del Frente Amplio, Carlos Coitinho (Partido por la Victoria del Pueblo), la Cámara de Diputados derogó el artículo 733 de la ley de presupuesto que indica que no hay un tiempo para pagar las sentencia en contra del Estado.
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