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La Intendencia de Montevideo (IMM) elaboró una nueva normativa para regular la actividad de los locales nocturnos. Los establecimientos que deseen restringir el acceso de determinado público a sus instalaciones deberán exhibir "en forma clara y visible" los criterios establecidos por los dueños de los locales, informó la comuna.

En la normativa están comprendidos los bares, pubs y restaurantes donde se organicen espectáculos o se emita música. También se regularán las discotecas, salones de baile, fiestas, cines, teatros y circos. En total, se establecieron seis categorías de locales, que tendrán capacidad y horario de funcionamiento determinado.

Los establecimientos deberán contar con un sistema de registro sonoro y transmisión de datos, que enviará la información en tiempo real a la intendencia. Los locales que superen los 60 decibeles tendrán que tener aislación acústica y limitadores de ruido.

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A su vez, será obligatorio que los establecimientos como bailes o discotecas coloquen cámaras de seguridad. También deberán ofrecer agua potable gratuita y en cantidad suficiente.

Los dueños de los locales serán responsables de que no se generen inconvenientes en la vía pública que molesten a los vecinos de la zona. Los locales que cometan infracciones y carezcan del nuevo equipamiento que solicita la comuna tendrán un plazo de 120 días, a partir de la reglamentación, para adecuarse a la normativa.

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