Por qué delitos puede ser juzgado el secuestrador de la peluquería de Pocitos
El Código Penal establece una pena de un año de prisión a nueve de penitenciaría
El joven que durante más de cuatro horas mantuvo secuestradas a 14 mujeres en una peluquería de Pocitos, entre la que se encontraba su expareja, será investigado por la fiscal Sandra Boragno, especializada en Violencia Doméstica y Violencia basada en Género. El caso había llegado en un primer momento a manos de la fiscal de flagrancia Silvia Pérez, pero después de los testimonios de la víctima y los testigos se determinó que era competencia de Boragno.
Según el Código Penal, ese delito puede ser castigado con un año de prisión a nueve de penitenciaría. “La pena será disminuida de la tercera parte a la mitad, siempre que el autor del hecho o un copartícipe de este liberara a la víctima de su cautiverio dentro de tercer día de producido”, agrega la norma.
Camilo Dos Santos
A su vez, existen algunos agravantes que endurecen la pena. Por ejemplo, cuando hay amenazas, como hubo en este caso, ya que el hombre dijo que tanto su expareja como él y las rehenes “iban a morir”. También es agravante el “espíritu de venganza”. Además, “constituye una agravante muy especial el hecho de que el delito se cometa con el fin de obtener de las autoridades públicas, a cambio de la liberación, una ventaja o provecho en beneficio propio o ajeno, consiguiendo o no su objeto”.
También se le puede sumar el delito de amenazas, que se castiga con una multa de 25 a 700 unidades reajustables y de violencia privada, que según el Código Penal implica “usar la violencia o amenazas para obligar a alguno a hacer, tolerar o dejar de hacer alguna cosa” y se castiga con tres meses de prisión a tres años de penitenciaría.