Trabajadores rurales tendrán aumento salarial en entorno a 5% a partir de julio

El último decreto del Poder Ejecutivo vigente en el sector hasta el 30 de junio próximo establece la obligación de mantener salario real

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16 de junio de 2020 a las 05:03

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En agosto del año pasado y vía decreto, el Poder Ejecutivo fijó los montos mínimos de los salarios por categoría laboral y actualizó las remuneraciones de los trabajadores comprendidos en el grupo 22 de los Consejos de Salarios que incluye ganadería, agricultura y actividades conexas, con excepción de las plantaciones de caña de azúcar.

La decisión se tomó por la negativa de las gremiales de empleadores del sector rural a integrar el Consejo de Salarios en el marco de la séptima ronda de negociación colectiva. 

Así en julio de 2019 se hizo efectivo un ajuste anual nominal de 6% para personal de tambos y de cultivos de arroz -de acuerdo al criterio oficial para sectores en problemas-, y de 7% en el resto de las actividades del agro (ganadería y agricultura) que fueron calificados con un criterio intermedio por parte del Ejecutivo. 

También se estableció que al 30 de junio próximo se aplicará si corresponde un ajuste salarial adicional (en más), por la diferencia entre la inflación observada durante la vigencia del decreto y los ajustes salariales otorgados, de forma de asegurar que no haya pérdida de salario real,

Bajo el supuesto que la inflación efectiva en los 12 meses a junio sea de 11% (cerró el año móvil a mayo en 11,1%) debería aplicarse un correctivo de 5% aproximadamente en el caso de los tambos y el arroz. Para el resto de las actividades (ganadería y agricultura) la corrección sería de un punto menos, es decir cercana a 4%.

A fin de mes también se deberá aplicar el mismo correctivo sobre el ficto de alimentación y vivienda, según el decreto del Poder Ejecutivo vigente. Actualmente, en el sector arroz y tambos esa partida es de $ 3.954 o su equivalente diario de $ 158, mientras que en el grupo madre esa partida es de $ 4.035 o $ 161 por día. 

Para conocer el dato exacto sobre cuánto corresponde ajustar habrá que esperar el cierre de la inflación de junio. La forma en que se haga el pago, sea en efectivo o en cuotas, deberá ser acordada entre sindicatos y gremiales de empleadores.

Por otro lado, de acuerdo a los lineamientos salariales de la octava ronda salarial que presentó el Poder Ejecutivo días atrás en el Consejo Superior Tripartito, el 70% de las 153 mesas de negociación privada tendrán un ajuste salarial nominal del eje del 3,5% por correctivos por inflación pasada.

Luego del pago de correctivos, el nuevo ajuste salarial operaría en enero ya dentro del llamado “período puente”, y sería de alrededor de 3% nominal, si es que prospera la fórmula propuesta por el gobierno que está siendo negociada ente el PIT-CNT y las cámaras empresariales.

 

 

 

 

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