CHRISTOF STACHE / AFP

¿Vacuna obligatoria? Por qué una empresa puede exigirla y qué puede hacer el empleado

Algunos expertos entienden que pedir la inmunización para el ingreso a espectáculos públicos obliga a vacunarse por la vía de los hechos

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12 de agosto de 2021 a las 05:01

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La vacuna contra el covid-19 no es obligatoria. El gobierno así lo definió desde un principio y no está en los planes revisar esa postura. Sin embargo, el Estado obliga a la AUF a pedir inmunización completa para los que ingresen al estadio y un empleador puede preguntar a aspirantes a un puesto laboral si están vacunados o no. Entonces, ¿la vacuna no es obligatoria? 

La respuesta a esa pregunta no es ni lineal ni sencilla e implica aspectos que van desde el derecho de admisión y el tratamiento de datos sensibles hasta las relaciones laborales y los derechos de los empleados y los empleadores. Todo esto en un contexto extraordinario: una pandemia que puso el mundo en situaciones impensadas y una vacuna que se aprobó de emergencia. 

El Estado tiene la potestad de limitar el goce de algunos derechos en situaciones extraordinarias y por razones de interés general. Este mismo gobierno lo hizo con la ley que prohibía las aglomeraciones por la que se reglamentó el artículo 38 de la Constitución en base al “notorio riesgo sanitario”. Algunos países decidieron hacer obligatoria la inmunización contra el covid-19 para algunos grupos mientras que en otros es requisito para entrar a lugares como un bar. 

El abogado constitucionalista e integrante del Frente Amplio, Daoiz Uriarte dijo a El Observador que es necesaria una ley para todo lo que sea de “uso público” en la que el gobierno establezca los aforos y la necesidad de vacunación. “De lo contrario se pierden las garantías”, afirmó y agregó que "sería discriminatorio, violatorio de los Derechos Humanos, dejar a criterio de los particulares el ingreso o no de las personas en base a si están vacunadas o no” . 

Uriarte planteó que la ley puede hacer la vacuna obligatoria para determinadas actividades y adelantó que la norma de salud pública, vigente desde 1934, en la que algunos se podrían amparar para obligar a tener la vacuna para ciertos lugares tiene un “vicio original”. Esa norma fue aprobada durante la dictadura de Gabriel Terra. 

El Poder Ejecutivo decidió no hacer obligatoria la inmunización a pesar de que el país cuenta con una tradición en este sentido y, por ejemplo, es obligatorio tener la vacuna antitetánica para tramitar el carné de salud que se debe presentar en los trabajos. 

Entonces, ¿un empleador puede exigirle a un trabajador el certificado de vacunación para seguir trabajando o para contratarlo? "No, eso no lo puede hacer", dijo en mayo el ministro de Trabajo, Pablo Mieres, en Desayunos Informales. 

Camilo dos Santos
Pablo Mieres

Sin embargo, algunos abogados expertos en derecho laboral no comparten la opinión del ministro y la posición del Poder Ejecutivo no tiene peso en un juicio laboral. “El empleador tiene el derecho a preguntarle al trabajador y este tiene el derecho a no contestar. A partir de eso el dueño tiene el derecho de tomar las medidas que crea pertinentes”, dijo a El Observador el abogado laboralista, Leonardo Slinger. 

¿Cuáles son esas medidas? Desde un protocolo específico para no vacunados, mandarlo a seguro de paro mientras se mantenga el riesgo por la emergencia sanitaria o incluso despedirlo. “No sería un despido abusivo ni discriminatorio. Entra en el derecho del empleador”, dijo Slinger aunque reconoció que las opiniones sobre este tema están muy divididas. 

Camilo dos Santos
Leonardo Slinger

Asimismo, planteó el abogado, el Ministerio de Trabajo dice que va a salir a inspeccionar pero no tiene ningún criterio para sancionar. “¿Bajo qué criterio te puede sancionar?”, se preguntó. 

La Institución de Derechos Humanos y el abogado Hoenir Sarthou (que decidió no vacunarse) recibieron denuncias de personas que aseguran que en sus trabajos les exigieron estar inmunizados, según informó El País este miércoles. 

Y en ese contexto, la visión de Nelson Larrañaga, otro experto en la materia, es distinta a la de Slinger. “El empleador no puede llevar un registro de vacunados. Esa base de datos no podría existir y no están obligados a dar ese dato”, aseguró

Los datos sobre la salud son sensibles, están protegidos por ley y dependen de la voluntad del empleado de darlo o no, explicó Larrañaga. En lo que sí coinciden ambos abogados es que si el día de mañana una empresa decide publicar un anuncio en el que busca gente para un puesto, puede pedir como requisito que los candidatos estén vacunados. 

“Ahí hay dos derechos constitucionales. El del empleador en base a la libertad de empresa, que le permite libertad sobre la contratación del empleado y el del trabajador a no dar los datos sobre su salud”, explicó Larrañaga. Y ninguno de los dos derechos se impone sobre el otro. 

En caso de que el aspirante acepte dar el dato sobre su inmunización, tendrá que firmar un “consentimiento escrito, libre e informado” por el que acepta dar esa información, explicó el abogado laboralista. “El empleador puede hacer eso porque ninguna norma lo prohíbe”, aseguró. 

Camilo dos Santos
Nelson Larrañaga

La información sobre si la persona fue inoculada o no, como plantearon los abogados, es un dato sensible y está protegido por ley. Por lo tanto, esto abre otro frente: la protección de datos personales una vez que le doy esa información a un privado para ingresar a un espectáculo. 

El gobierno habilitó a los gimnasios a aumentar su aforo si solo ingresan personas vacunadas por lo que deberán preguntarle a sus asociados, en caso de que quieran aumentar el aforo, si recibieron las dos dosis. “Esa base de datos tiene que estar en la Unidad Reguladora de Datos y no puede hacerse pública”, explicó el abogado especialista en protección de datos Pablo Schiavi. 

La abogada experta en derecho informático María Luisa Tosi agregó: “Le estoy dando información sanitaria reservada a un privado. Y si no me vacuné soy discriminada”, cuestionó. La app Coronavirus, que tiene la información sobre quien está vacunado, tiene el software de la empresa Genexus. Sin embargo, según dijo el director de la empresa a El Observador, todas las bases de datos están alojadas en servidores del Estado.

Tosi aseguró que no se bajó la aplicación porque no conoce el contrato entre Genexus y el gobierno para el tratamiento de datos personales. 

Al mismo tiempo, queda claro que cuando una persona le muestra a un privado, sea la AUF o un teatro, que está vacunado, hay voluntad de brindar esa información y no existe ningún reparo con que sea un dato sensible. 

Todas estas soluciones, recuerda Schiavi, son “transitorias y excepcionales” pero no pueden volverse permanentes. “Todavía estamos en emergencia sanitaria y en un período de transición”, explicó. 

Es decir, nadie puede obligar a una persona a recibir las dosis de la vacuna contra el covid-19 pero, en el corto plazo, la inmunización es obligatoria para aquel que quiera volver a realizar algunas actividades de la vieja normalidad. 
 

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