27 de febrero 2025 - 11:58hs

Lo que importa sobre la crítica de Maqueda por los nombramientos en la Corte Suprema

  • El exjuez de la Corte Suprema, Juan Carlos Maqueda, criticó las designaciones por decreto de Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla y las calificó de "horrible".
  • Consideró que la medida está "al borde de la inconstitucionalidad" y contradice el espíritu de la Constitución.
  • Afirmó que el Senado aún puede rechazar los nombramientos y que el Ejecutivo debe buscar acuerdos en el Congreso.
  • Comparó la decisión de Javier Milei con la de Mauricio Macri en 2015 y destacó diferencias en el procedimiento y el contexto político.
  • Alertó sobre el uso excesivo de decretos y el riesgo de una concentración de poder en el Ejecutivo.

Contexto

¿Por qué Maqueda considera que la medida es inconstitucional?

En diálogo con LN+, Juan Carlos Maqueda sostuvo que la designación por decreto de jueces de la Corte está "al borde de la inconstitucionalidad" porque contradice el procedimiento establecido en el artículo 99 inciso 4 de la Constitución Nacional, que exige el acuerdo del Senado para los nombramientos. Si bien el artículo 99 inciso 19 permite el nombramiento en comisión de jueces durante el receso legislativo, el exministro de la Corte argumentó que esta disposición se incorporó en 1860 bajo un contexto muy diferente, cuando el Congreso sesionaba solo de mayo a septiembre y el país tenía dificultades de comunicación y transporte. "Hoy hay un desacople entre la realidad y el decreto para lo que fue creado", señaló.

“A mí me pareció horrible el decreto, más allá de las dos personas que van a integrar la Corte Suprema, a las cuales las trato con sumo respeto porque yo soy un defensor de las instituciones democráticas y de la división de poderes, y no podría defender a la Corte y hablar mal de los futuros integrantes del máximo tribunal. Por eso yo digo que es horrible la actitud del Poder Ejecutivo, del presidente de la Nación, que a tres días de que comiencen las sesiones ordinarias toma esta decisión”, dijo Maqueda.

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¿Cuál es la diferencia entre este decreto y el de Macri en 2015?

Maqueda estableció una clara distinción entre la actual designación de Lijo y García-Mansilla y la de Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz en 2015, realizada por Mauricio Macri. Explicó que en aquella oportunidad, el decreto incluía explícitamente la elevación de los pliegos al Senado y se emitió apenas diez días después de la asunción de Macri, lo que permitió un debate parlamentario inmediato. "La gran diferencia es que tanto Rosatti como Rosenkrantz estuvieron en un término de tres o cuatro meses en el Congreso, específicamente en el Senado, cumpliendo con la manda constitucional", explicó.

¿Qué rol tiene el Senado en este proceso?

El exministro de la Corte, que se jubiló el 27 de diciembre pasado, recordó que el Senado sigue teniendo la potestad de revisar y rechazar los pliegos de Lijo y García-Mansilla. Citó antecedentes jurisprudenciales en los que la Corte Suprema determinó que, si la Cámara Alta rechaza un pliego, el juez debe cesar en sus funciones de inmediato. "El Senado está en condiciones de rechazar estas designaciones", afirmó, y enfatizó que el diálogo y los acuerdos legislativos son fundamentales para la independencia de poderes.

¿Cómo encaja esta decisión en el contexto político actual?

Maqueda enmarcó este decreto en una tendencia global en la que gobiernos democráticamente electos concentran poder y debilitan los contrapesos institucionales. Comparó la situación con la administración de Donald Trump en Estados Unidos, a quien calificó como un líder con "actitudes caprichosas" que desmerecen la democracia. También alertó sobre el abuso del Ejecutivo en el uso de decretos y vetos, afirmando que esto deteriora la calidad institucional del país. "Cuando la violencia empieza por la vía del maltrato a las personas, termina en el peor de los autoritarismos", advirtió.

Cómo sigue

El Senado deberá decidir si avala o rechaza los pliegos de Lijo y García-Mansilla. Si los rechaza, los jueces deberán dejar sus cargos de inmediato.

La Corte Suprema, por su parte, deberá tomarles juramento en caso de que sus designaciones avancen.

La polémica en torno al decreto seguirá abierta en el Congreso y podría derivar en presentaciones judiciales que cuestionen la constitucionalidad de la medida.

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