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El Banco Central del Uruguay (BCU), instruyó a la empresa financiera Cash S.A. a cesar la práctica de ordenar la retención de retribuciones salariales o pasividades como mecanismo de cobro de los créditos, incluso en aquellos casos en los cuales los clientes no hayan solicitado la revocación de la autorización previamente otorgada.

La resolución de la Superintendencia de Servicios Financieros otorgó un plazo de 90 días desde la notificación para que la empresa implemente la medida.

Y sin perjuicio del plazo mencionado, deberá cesar de inmediato la retención en casos de solicitudes de revocación que se presenten por parte de clientes, dice el texto emitido el miércoles 24 de setiembre.

Contexto

Una resolución previa del BCU, emitida el 15 de mayo, ya había ordenado a Cash S.A. que suspendiera la práctica de suscribir documentos que autoricen la retención de haberes como forma de cobro, y permitir la revocación de dicha autorización a todos los clientes que la hubieran firmado, con la correspondiente información y notificación adecuada.

Consultada sobre el cumplimiento de esta resolución, la empresa informó que había cesado la solicitud de autorizaciones para realizar descuentos, y que se había comunicado a los clientes mediante publicaciones en los diarios La República y Diario Oficial, así como también en las sucursales.

Además, en una nota con fecha 23 de setiembre, Cash S.A. manifestó su disposición a cumplir con la instrucción, aunque advirtió que, debido a la gran cantidad de clientes y empresas empleadoras involucradas, los cambios afectarían procesos operativos, campañas de cobranza, programación de sistemas, y scorings internos, por lo que solicitaba un plazo no menor a 180 días para su implementación.

Fundamentos de la decisión del BCU

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