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16 de septiembre 2025 - 5:00hs

El lunes 8 de setiembre, la superintendencia resolvió instruir a Gerardo Zambrano & Cía. y a Servicio de Mejoras de Gestión S.A.S. a cesar el ofrecimiento del valor “Tracker Certificate on Agrocapital” ofrecido como “Oportunidades Forestales” o “Agrocapital Forestal”, o bajo cualquier otra denominación que represente este producto.

La resolución indicó que se constató que las dos empresas ofrecían estos productos en sus sitios web, prensa e internet, realizando una convocatoria general e impersonal al ahora público. En noviembre del año pasado se notificó a Zambrano & Cía que se no debía utilizar el término fondo de inversión, u otra terminología similar, en cualquier comunicación dirigida al público en general o a ciertos sectores o grupos específicos.

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El BCU explicó que el “Tracker Certificate on Agrocapital” es un certificado listado en la Bolsa de Valores de Viena (Austria) por hasta un monto de US$ 15 millones, cuyo emisor es la compañía Genspv PCC Limited, registrada en la Comisión de Servicios Financieros de la isla Guernsey. El subyacente de Genspv son las acciones de la empresa Agrocapital FFS Limited. Esta última está inscripta en las Islas Vírgenes Británicas.

La superintendencia aclaró que, de acuerdo con sus certificados de accionistas, personas vinculadas a Gerardo Zambrano & Cía. y a Servicio de Mejoras de Gestión son titulares, cada uno, de una acción de “management” de esa empresa. Añadió que el prospecto de emisión, el instrumento denominado “certificado”, “nota” o “tracker” permite participar en el rendimiento del subyacente, pero no otorga derechos sobre activos reales, sino solamente un reclamo contra el emisor.

20250324 Fachada del Banco Central del Uruguay, BCU.

El escrito del BCU señaló que el valor y su emisor no están inscriptos en el Registro de Valores que lleva la Superintendencia de Servicios Financieros.

El descargo y la decisión del BCU

En abril de este año, Gerardo Zambrano & Cía y Servicio de Mejoras de Gestión realizaron algunos descargos. Uno de ellos fue que la decisión de la superintendencia se había tomado en “el contexto de estafas vinculadas a negocios ganaderos realizados por otros actores”. Otro fue que las dos empresas no ofrecían los servicios de Agrocapital, sino que brindan un “respaldo”.

También plantearon que en la página web no existen publicaciones del contenido de las ofertas de productos, sino menciones a los servicios mediante su nombre o en términos muy generales y que, por tanto, no habría publicidad involucrada. Agregó que las páginas web ya habían sido dadas de baja y por tanto no correspondía una instrucción sobre una situación que, de hecho, ya no existía.

Las empresas afirmaron que la puesta en conocimiento del público -mediante la resolución del BCU- constituye otra sanción, violatoria de los principios de razonabilidad, proporcionalidad, de presunción de legalidad y de buena fe administrativa.

El BCU contestó que los fondos de inversión se encuentran regulados por ley y que deben ser inscriptos en el Registro del Mercado de Valores de la Superintendencia de Servicios Financieros. A su vez explicó que según la Recopilación de Normas del Mercado de Valores se considera oferta pública aquella que se difunda por cualquier medio, incluido internet, sistemas informáticos u otros habilitados por la tecnología, permitiendo dar a conocer el contenido de la oferta al público en general.

También expuso que solamente puede hacerse oferta pública de valores cuando ellos y su emisor hayan sido inscriptos en los lugares correspondientes.

El BCU aclaró que la resolución se fundamentó en hechos constatados relativos a sus negocios y no en respuesta a la realidad de otros actores de mercado.

La superintendencia sostuvo que Zambrano & Cía y Servicio de Mejoras de Gestión S.A.S. están realizando oferta pública de valores sin tener la autorización para hacerlo y es por eso que se les instruye el cese, de la misma manera que se hizo con otras empresas.

Por último expresó que la comunicación al mercado constituye una “medida prudencial” para velar por “la transparencia, la competitividad y el funcionamiento ordenado del mercado de valores, por la adecuada información a los inversionistas y por la reducción del riesgo sistémico”.

Por tanto, instruyó a Gerardo Zambrano & Cía y a Servicio de Mejoras de Gestión S.A.S. el cese del ofrecimiento de los productos mencionados y definió poner en conocimiento del público el contenido de la resolución.

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