La ley prohíbe "la fabricación, importación, distribución, venta y entrega, a cualquier título, de las bolsas plásticas que no sean compostables y biodegradables". El proyecto alcanza a "todas las bolsas plásticas utilizadas para contener y transportar productos y bienes que sean suministrados a un consumidor en cualquier punto de venta o de entrega, y que no sean parte de la presentación del producto, sea al por mayor o menor, en cualquier rubro, giro o actividad".
Las bolsas plásticas autorizadas solo podrán distribuir, venderse o entregarse a cualquier título en el territorio nacional, cuando el fabricante o importador haya obtenido el correspondiente certificado de cumplimiento que la reglamentación establezca.
La ley además faculta al Poder Ejecutivo a establecer la obligación de cobro, fijación de un precio mínimo y el modo de facturación de las bolsas plásticas autorizadas.
Los titulares de los puntos de venta donde se suministren las bolsas plásticas estarán obligados a promover y participar en campañas de concientización a la población sobre el uso responsable y racional de bolsas, contar con un sistema de recepción de residuos de bolsas plásticas a disposición del consumidor, ofrecer a la venta bolsas reutilizables y desarrollar acciones tendientes a minimizar el uso de las bolsas plásticas.
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Una vez que la ley sea aprobada regirá un plazo de un año para que se hagan exigibles las prohibiciones y obligaciones previstas.
El Ministerio de Vivienda (Mvotma) deberá elaborar un plan para la inmediata disponibilidad de las bolsas plásticas y el Ministerio de Industria con coordinación con el Mvotma elaborará un programa para facilitar la reconversión de la industria nacional de bolsas.
Dentro de los 180 días después de promulgada la ley el Poder Ejecutivo deberá reglamentar: los mecanismos necesarios para el control de la importación de bolsas plásticas, los ensayos de idoneidad de las bolsas plásticas, y las formas de intercambio de información entre los organismos intervinientes.
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