El pasado 4 de agosto, El Observador informó que la Suprema Corte de Justicia (SCJ) se tomaría dos semanas para resolver si liberaba de manera anticipada a Pablo Goncálvez, considerado el primer asesino serial del Uruguay.
Este miércoles, el sitio oficial del Poder Judicial informó que la SCJ negó la libertad anticipada del homicida al considerar que no presenta signos manifiestos de haberse rehabilitado.
"En la resolución se establece que, si bien el penado ha cumplido las dos terceras partes de la pena, debe tomarse en cuenta el contenido adverso del informe siquiátrico remitido por el Instituto Nacional de Criminología (INACRI), así como los informes del juez de la causa (Dr. Gabriel Ohanián) y del Fiscal de Corte (Dr. Jorge Díaz), resultando 'imposible sostener que existen signos de rehabilitación (art. 328 del Código de Proceso Penal en la redacción dada por la Ley nº 17.897 del 14/09/05)'", dice la nota.
El numeral 3º del artículo 328 del Código del Proceso Penal establece que si el penado cumplió dos terceras partes de la pena, la SCJ concederá la libertad anticipada, aunque podrá negarla si no hay una rehabilitación manifiesta del condenado.
Una opción alternativa
La defensa de Goncálvez maneja la posibilidad de realizar un pedido de salidas transitorias. La noticia se dio a conocer ayer martes, ante la certeza de que al homicida le sería negada la libertad anticipada, como finalmente ocurrió.
Goncálvez, a comienzos de los años 90, fue condenado a treinta años de prisión por los asesinatos de Andrea Castro, María Victoria Williams y Ana Luisa Miller. Si bien acepta haber asesinado a Castro y a Williams, asegura que no mató a Miller.
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