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Adopciones que llegan a pocos, pero ponen mucho en juego: ¿incidió la LUC?

El gobierno tomó como buena señal de la LUC el récord en la cantidad de niños que se integraron a nuevas familias, pero el efecto de la ley no es tan lineal

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20 de marzo de 2022 a las 05:00

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De un lado están las familias, que pasaron mil y una: se encontraron con obstáculos, con peros, con frustraciones. Recorrieron caminos de todo tipo y llegaron a la puerta del INAU en busca de cumplir con una decisión que, a algunos más y a otros menos, siempre cuesta: convertirse en padres. Del otro lado están los niños. Ellos vienen de recorrer mucha vida para tan poco tiempo, con historias de ausencias y desarraigo. Las dos partes coinciden en algo: se necesitan, pero llegan cascoteados.

Las adopciones involucran a muy pocas personas si se mide en términos electorales –hay 195 personas anotadas en el Registro Único de Adoptantes– pero son ese bien deseable en cualquier comunidad: que se cumplan los derechos de un niño a tener familia, a ser queridos y a ser cuidados. ¿Por qué, entonces, los cambios que introdujo la LUC generaron tanto ruido, si el objetivo es, justamente, agilizar un proceso que históricamente ha sido largo y tedioso? La discusión entre quienes quieren derogar parte de la ley de urgencia y quienes la defienden puede ilustrarse como si fuera una balanza: de un lado está la agilidad del proceso y, del otro, las garantías sobre el cuidado de los niños. Es decir: el mecanismo que encontró el gobierno para dar agilidad a los trámites de adopción es cuestionado por sus detractores por considerar que eso implica que los niños, que ya llegan golpeados, corren todavía más riesgo de seguir siendo cascoteados.

Tres hechos concretos

  • La ley de urgencia incluye cuatro artículos vinculados con la adopción, pero solo dos son los que se pretenden derogar con el referéndum del domingo 27: el 403 y el 404, que describen que la Justicia, bajo determinadas circunstancias, podrán decidir dar tenencia de un niño a una familia sin contar con las recomendaciones del INAU, aunque el instituto podrá apelar la decisión si la considera perjudicial.
  • En 2021 hubo 125 adopciones, un récord desde 2001, primer año del que se tienen registros. De esas, 19 fueron hechas por la Justicia sin la intervención del INAU, bajo la potestad que le da la ley de urgencia. Fueron casos en los que la Justicia constató que el niño ya había generado lazos con la familia adoptante.
  • Aumentó también la cantidad de personas incluidas en el Registro Único de Adoptantes. En 2021 hubo 195 personas que ingresaron en la lista. En 2020 hubo 78 y en 2019  fueron 82.

¿Fue la LUC?

El récord de adopciones parece, en principio, una buena noticia: más personas cumplieron su deseo de ser padres y más niños dejaron de estar a la deriva y recuperaron su derecho de tener una familia.

Pero, como pasa con la mayoría de los artículos de la ley de urgencia, su incidencia aún no es tan lineal ni tan clara. Es cierto: aumentó la cantidad de adopciones después de aprobada la ley, incluso en plena pandemia, cuando los trámites se demoraron mucho más de lo habitual por la falta personal y por oficinas trabajando a media máquina.

Quienes están a favor del referéndum –y en particular el sindicato de trabajadores del INAU– rebaten los resultados con el argumento de que hubo más adopciones porque aumentó la cantidad de familias registradas para adoptar, debido a que se abrieron nuevos puestos de trabajo para dar inicio a los trámites. Para el gremio, sin la LUC esto hubiese sucedido igual.

Sin embargo, el oficialismo tiene dos argumentos para defender esos resultados. El presidente del INAU, Pablo Abdala, dijo a El Observador que el aumento de personal se realizó para cumplir con los requisitos que marca la LUC en su artículo 406, que refiere a los cometidos del equipo técnico. Aunque ese artículo no está dentro de los que se pretenden derogar. 

El segundo tiene que ver con los casos que fueron resueltos por la Justicia de Familia en los que las recomendaciones del INAU quedan fuera de la discusión: esos 19 casos de 2021 son los que hicieron fuerza para aumentar el total de adopciones en el año. 
Si bien la Justicia es siempre la que otorga la adopción –con o sin LUC– y esos casos en los que el INAU no intervenía ya sucedían antes, la ley de urgencia le dio el “marco legal” y “aclaró las reglas de juego”. Por eso, dice el oficialismo, también aumentaron las adopciones judiciales.

¿Derechos vulnerados o más garantías?

Otro de los cuestionamientos que reciben los dos artículos de la ley de urgencia que se quieren derogar es que la falta de recomendaciones del INAU puede dar lugar a que las decisiones judiciales vulneren todavía más a esos niños. El razonamiento es el siguiente: si con el INAU, poniendo la lupa sobre todos los casos y haciendo seguimiento de las adopciones, se escapan casos críticos de explotación sexual, por ejemplo, ¿qué pasará ahora que la Justicia no toma en cuenta esa información ni las recomendaciones del instituto, que es el que está más interiorizado con cada caso? Es un ojo menos que observa y está atento a posibles desviaciones.

A ese argumento, el oficialismo le responde con tres afirmaciones:

  1.  Sostiene que es un razonamiento que desprecia o subestima a los juzgados de familia, que están especialmente capacitados para eso.
  2. Las adopciones por decisión judicial ya existían y estos artículos, al estar aprobados, también le ponen límites y requisitos a los jueces, que deben cumplir. 
  3. El INAU no encontró ningún caso del pasado, ni previo ni posterior a la LUC, en el que la institución haya apelado una decisión judicial de adopción. Todas las dio por válidas. 

¿Acorta realmente el tiempo de adopción?

Tampoco es tan claro. Lo que sí es cierto es que la ley de urgencia le puso un límite a una etapa del proceso de adopción, que es la evaluación de los aspirantes para ingresar en el registro: ese tramo del proceso no puede durar más de 18 meses. Pero eso no implica el proceso completo, no implica que el niño ya tenga una familia ni que los interesados se hayan convertido en padres. La siguiente etapa no tiene plazo límite y la demora depende de casa caso. Eso también está definido en el artículo 406, que tampoco es de los que se pretende derogar, por lo que, más allá de los resultados del referéndum, seguirá en pie.

Por eso, los primeros resultados en adopciones son alentadores y parecen ir en un sentido deseado, aunque aún son débiles en demostrar de manera contundente que esos avances se deben estrictamente a la ley insignia del gobierno. 

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