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La AFIP y la Secretaría de Comercio formalizaron la derogación del Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) y la licencia de importación, reemplazándolos por el nuevo Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI).
La Resolución General Conjunta 5466/2023, publicada en el Boletín Oficial, establece que el SEDI entrará en vigencia mañana, como anunció el ministro de Economía, Luis Caputo, dos días después de la asunción del presidente, Javier Milei. La nueva medida busca eliminar la necesidad de tramitar licencias para envíos destinados a consumo y mejorar la eficiencia del proceso de importación.
En simultáneo, la Resolución 1/2023 de la Secretaría de Comercio deroga la obligación de tramitar Licencias Automáticas de Importación, así como Licencias no Automáticas en ciertos casos, para mercaderías en todas las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur. La derogación del SIRA y el Sistema de Importaciones de la República Argentina y Pagos de Servicios al Exterior (SIRASE) busca superar las dificultades y distorsiones generadas en el comercio de bienes y servicios en el país, así como la deuda comercial con proveedores extranjeros.
Las declaraciones SIRA en estado de "salida" o "cancelado" seguirán vigentes, mientras que las demás quedarán sin efecto a partir de hoy. En este último caso, los importadores podrán registrar nuevas declaraciones SEDI para respaldar las operaciones.
El SEDI requerirá declaraciones, pero únicamente con el propósito de recopilar información estadística y realizar análisis eficientes de las importaciones. El sistema permitirá adoptar medidas, como defensa comercial, sin demoras en los sistemas productivos. Los importadores anticiparán información en un micrositio de AFIP, y la declaración SEDI tendrá un plazo de validez de 360 días desde el estado de "salida".
El organismo tributario controlará la situación tributaria y capacidad económica financiera del importador. Además, se eliminará la notificación a la Dirección Nacional de Reglamentos Técnicos de la Secretaría de Comercio al registrar la declaración. La resolución destaca que no se requerirán declaraciones SEDI para ciertos regímenes, como muestras, donaciones, franquicias diplomáticas, entre otros.
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