Corte Electoral falló contra Novick y Sartori por violar ley sobre publicidad electoral
El órgano consideró que se violó la ley que impide publicitar a los candidatos hasta un mes antes de las elecciones
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06 de febrero de 2019 a las 17:10
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La Corte Electoral consideró por unanimidad que los precandidatos Juan Sartori (Partido Nacional) y Edgardo Novick (Partido de la Gente) violaron la ley sobre publicidad electoral, que impide difundir cualquier tipo de aviso en radio, televisión o prensa hasta un mes antes del día de las elecciones.
“Hay claramente una violación”, dijo a El Observador José Arocena, presidente de la Corte Electoral y destacó que no existe una sanción prevista para estos casos, sino que sus resoluciones deben tomarse como “advertencias”.
La agrupación Compromiso desde el Vamos del Partido Colorado, que integra el sector liderado por Julio María Sanguinetti, denunció la semana pasada ante el órgano electoral a Sartori y Novick por violar la ley que regula los plazos para hacer publicidad en medios masivos antes de las elecciones.
La ley 17.818 determina que hasta 30 días antes de las elecciones internas ningún partido político puede comprar espacios de publicidad electoral en los medios de comunicación masivos. El mismo plazo rige para las elecciones nacionales y departamentales, y la mitad de ese tiempo –15 días– es el límite para publicitar candidatos ante un eventual balotaje. En el articulado de la ley también se especifica que "la difusión de información sobre actos políticos y actividades habituales del funcionamiento de los partidos, así como la realización de entrevistas periodísticas", quedan por fuera de la norma.
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En el caso de Novick, ya cuenta con antecedentes de denuncias por incumplir las reglas. Tanto Sanguinetti como el diputado colorado Conrado Rodríguez, según consignó La Diaria, e incluso funcionarios frenteamplistas, ya habían denunciado al dirigente el año pasado, aunque sin mayores consecuencias. Es que la ley no establece sanciones para aquellos que incumplan esas reglas.
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