12 de septiembre de 2026 5:00 hs

Un ataque informático real a dos prestadores de salud, un rescate de US$ 400.000 en criptomonedas y una negociación con hackers que nunca existió. Dos personas fueron imputadas con prisión y el miércoles pasado el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2º Turno confirmó por unanimidad la prisión para una de ellas que había apelado.

Todo empezó en setiembre de 2025. Alberto, de 78 años, médico y directivo del grupo Cosem, MP y el sanatorio Mautone, inició un vínculo afectivo con Carla, de 47 (nombres ficticios) a quién conoció por las redes sociales. A las pocas semanas ella se mudó con él a su apartamento en Punta Carretas.

Según declaró Alberto ante la Fiscalía, ella llevó a Damián y a otras personas de su entorno al apartamento contiguo. Damián se instaló allí entre setiembre de 2025 y mayo de 2026 simulando ser un empleado de Alberto. También se mudaron allí uno de los hijos de la mujer y otro hombre.

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A partir de ese momento, Alberto fue "aislado" y empezó a hacer “gastos cuantiosos” en beneficio de Carla y de la gente que la rodeaba.

Un Mercedes Benz de US$ 29.000, adquirido a nombre de Damián. Otro Mercedes Benz, de US$ 120.000, a nombre de Carla. Un Mini Morris de US$ 70.000, también a nombre de ella. Una motocicleta Cross de US$ 10.000 a nombre del hijo de Carla. Y un apartamento de US$ 320.000 de Punta Carretas en el que figuraban como titulares escriturados los dos hijos de la mujer.

Según denunció Alberto, la propiedad fue pagada con dinero suyo "y escriturada a nombre de los hijos de la imputada como un mecanismo de desplazamiento patrimonial a terceros". Agregó que fue inducido a entregar y realizar operaciones financieras por aproximadamente US$ 545.000 bajo la falsa promesa de préstamos garantizados por una inexistente billetera de criptomonedas.

Por otra parte, el 24 de marzo de 2026, empresas del Grupo Universal, entre ellas las mutualistas privadas Cosem y MP, recibieron comunicaciones extorsivas por un ataque informático contra sus servidores. En los mensajes se afirmaba que los sistemas habían sido vulnerados y se exigía el pago de US$ 400.000 en criptomonedas bajo amenaza de divulgar información sensible obtenida en la intrusión. Los correos incluían archivos adjuntos con una muestra de los datos extraídos.

Damián simuló ser la figura de los hackers detrás del alias "z3r0_shadow" (utilizando el canal de Telegram "Pampa Leaks") para exigir el dinero bajo amenaza de filtrar información de la empresa Universal.

Las empresas damnificadas presentaron una denuncia y la Dirección General de Cibercrimen del Ministerio del Interior comenzó a investigar el ataque.

Durante esos días, según los mensajes que Alberto presentó ante la Fiscalía, Carla le dijo que estaba en contacto con los ciberdelincuentes y que negociaba con ellos el pago de un rescate para evitar que los datos fueran divulgados. Luego le aseguró que se había pagado un monto todavía mayor: aproximadamente US$ 900.000.

Según denunció Alberto, Carla le dijo que, al haberse realizado el pago de esos US$ 900.000, correspondía computar ese monto como compensación por lo que ella le debía por los préstamos de los autos y del inmueble, y que, a partir de ahí, el saldo pasaba a deberlo él.

La investigación de Cibercrimen al ciberdelincuente

Mientras tanto, Cibercrimen trabajaba sobre las direcciones IP usadas en la intrusión. Esas direcciones permiten identificar desde qué conexión se realizó una actividad. Los investigadores corroboraron que una de ellas estaba vinculada a un servicio de internet cuyo titular era Damián.

Lo citaron a declarar a Fiscalía y reconoció que hizo la intrusión, que confeccionó y envió los correos extorsivos a MP y Cosem y que accedió ilícitamente a sus sistemas.

También contó que creó conversaciones falsas por Telegram con un supuesto hacker, cuya cuenta también controlaba él. Armó las dos cuentas, la propia y la del atacante, para simular una negociación que nunca había ocurrido.

La transferencia de US$ 900.000 en criptomonedas también la fabricó él, pero era falsa. ¿Cómo lo hizo? En el mundo cripto, las operaciones son públicas y cada una posee un hash, un código que la identifica de forma única e irrepetible. El asunto fue que el hash que compartió correspondía a otra transacción, por lo que se corroboró que ese pago nunca había existido.

Damián contó, además, qué actuó a solicitud e “instigación” de Carla, y dijo que el objetivo de ella era posicionarse ante Alberto como la persona que había solucionado el incidente.

Qué pasó con los datos, según Cosem

El abogado Juan Pablo Decia, representante de la víctima que prefirio no ser nombrada, dijo a El Observador que "la solidez y robustez de los sistemas informáticos del grupo Cosem evitaron que se pudiera avanzar en el hackeo y llegar por parte de los hackers al manejo y comercialización de datos sensibles de los pacientes y usuarios del grupo".

Decia agregó que también se "evitó que la estafa de la cual era objeto uno de sus directores ( y que en parte se concretó) adquiriera dimensiones mayores en el plano económico".

La intoxicación y la denuncia por violencia doméstica

Luego de que la relación terminó Alberto "empezó un periplo en Violencia Doméstica", según dijo el fiscal en la audiencia de imputación de Carla a cuyo audio accedió El Observador.

Alberto denunció a su expareja ante el Juzgado Letrado de Familia Especializado de 10° Turno por violencia doméstica (psicológica, física y patrimonial) agravada por su condición de adulto mayor, al amparo de la Ley N° 17.514 y la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores.

Tanto ante Familia Especializada como ante la Fiscalía, Alberto denunció "haber sido sometido a una administración subrepticia y continuada de fármacos (anfetaminas y benzodiacepinas no prescriptas ni consumidas voluntariamente), lo que le provocó pérdida de conciencia, desorientación y alteración del juicio crítico".

Como prueba entregó informes médicos ya que el 22 de abril de 2026 debió ser ingresado al Hospital Británico por segunda vez, y se le diagnosticó hiponatremia severa y niveles anómalos de cortisol, lo que provoca que los riñones retengan un exceso de agua libre, lo que diluye el sodio en la sangre.

Ese informe médico confirmó un cuadro médicamente compatible con una intoxicación crónica por administración subrepticia de fármacos.

Añadió que tras recuperar el alta en mayo, tomó conciencia de la situación y cambió las cerraduras de su vivienda. A partir de ese momento, Carla le envió múltiples mensajes intimidades por WhatsApp dirigidos a él y a su entorno familiar.

La jueza Elena Iriarte dispuso prohibición de acercarse de Carla a Alberto con tobillera electrónica, ya que el informe elaborado por el Equipo Técnico del Poder Judicial (ETEC) en el juzgado de Familia determinó que no podía descartarse un alto riesgo vital para el denunciante. Sin embargo, en la resolución de la jueza no se mencionó la intoxicación y sólo se hizo alusión a violencia doméstica.

Decia pedía que se derivara a la fiscalía penal el caso para investigar la comisión de delitos de envenenamiento, lesiones personales dolosas, estafa y violencia doméstica. En la denuncia presentada ante la fiscalía por Alberto se volvió a hacer referencia a la intoxicaión y se ofrece que declaren testigos como el portero del edificio, la empleada doméstica, el hijo y la nuera de Alberto, las exparejas y un socio médico que refieren a haberlo encontrado en reiteradas ocasiones obnubilado, somnoliento y desorientado. El portero dijo que lo veía habitualmente "como drogado" y las exparejas confirmaron haberlo visto en un estado alterado e inusual, compatible con intoxicación.

Decia dijo en la audiencia de imputación que la mujer le usurpó la identidad en su cuenta de Instagram y le asociaron cinco dispositivos. Desde ese perfil enviaron mensajes supuestamente de Alberto a Carla en los que afirmaba que estaba arrepentido de haberla denunciado, y que todos los bienes habían sido regalos.

La imputacion penal de la expareja y sus cómplices

Por todo ello la jueza María Noel Odriozola hizo lugar al pedido del fiscal de flagrancia adscripto Willian Rosa y la imputó con prisión preventiva en una audiencia que se realizó el 19 de agosto al responsabilizarla por los delitos de estafa en calidad de autora y los delitos de extorsión en reiteración real con delito de acceso ilícito de datos informativos en concurso formal con delito de vulneración de datos, en calidad de coautora, ya que el hackeo lo efectivizó Damián.

Él había sido imputado en junio por extorsión en concurrencia con un delito de acceso ilícito a datos informáticos en concurso con un delito de vulneración de datos.

Ella fue enviada a prisión hasta el 4 de octubre luego de que el fiscal Rosa alegó riesgos de entorpecimiento para la investigación. Argumentó que se estaban realizando pericias a los tres teléfonos celulares que se le incautaron y nada obstaba que si estaba fuera de la cárcel pudiera destruir o eliminar mensajes. "Fácilmente se puede entrar a whatsapp web y borrar información", dijo.

La defensora pública María Noel Rodríguez, apeló la imputación con prisión y dijo que los riesgos invocados "no existen". Cuestionó la afirmación del fiscal en el entendio de que es sabido de que le quitaron los teléfonos y una computadora y dijo que es sabido que "los mensajes eliminados son recuperados en forma permanente por Policía Cientifica".

Además, argumentó que no está probado que ella haya sido la ideológa de toda la maniobra y que eso la fiscalía "lo va a tener que probar". Cuestionó asismismo que el "testigo estrella" que usa la fiscalia es el co imputado. "Me genera varias dudas, si tenemos tan solida una teoría del caso como se llega a la coautoría respecto a ella. Seguramente terminemos en un largo juicio en el que la fiscalia va a tener que demostrarlo".

La jueza Odriozola dispuso la prisión argumentando que su rol es evitar que sucedan cosas. Agregó que "con la maniobra que hicieron, el dinero involucrado, se animaron a hackear cuentas si hay otra computadora..." se podría eliminar evidencia.

En la sentencia que el Tribunal de Apelaciones Penal de 2° Turno confirmó los argumentos de Odriozola. Dijo que si bien rige "el estado de inocencia de la imputada (...) hasta el dictado de sentencia de condena ejecutoriada, esto no significa que durante el transcurso de ese proceso no puedan dictarse medidas de naturaleza cautelar, como la prisión preventiva, siempre que se justifique".

Señaló que la maniobra desmuestra "un alto grado de conocimiento informático, que por el momento cabe atribuir a ambos imputados, en tanto existe semiplena prueba que los dos participaron en la maniobra, de una forma u otra".

Los ministros Beatriz Larrieu, Daniel Tapié y Ricardo Miguez concluyeron que "las características de la maniobra delictiva permiten presumir la existencia cierta de dicho riesgo, que, en esta oportunidad, no puede neutralizarse con una medida menos gravosa que la prisión preventiva".

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