El Tribunal de Ética Médica del Colegio Médico rechazó, por tres votos contra dos, dar trámite a la denuncia presentada contra Cristina Lustemberg por parte de la familia de Soledad Barrera, la pediatra fallecida en 2024 tras complicaciones derivadas de una mala praxis.
Ahora, sin embargo, tres integrantes del tribunal —Diana Domenech, Hugo Rodríguez y Álvaro Giordano— votaron por no dar trámite a la denuncia contra Lustemberg, informó El País y confirmó El Observador tras acceder a la resolución. En minoría quedaron, en este caso, Gerardo Eguren y Fernando Repetto.
Días atrás, el tribunal sí había admitido dar trámite a la denuncia contra Miralles.
Para el abogado Schiavi, la decisión respecto a Lustemberg no tiene precedentes, dado que aquí solo se buscaba que se "admitiera la denuncia para determinar si había falta ética de la doctora Lustemberg", y no estudiar la pertinencia de sancionarla o no.
"No recuerdo un fallo similar que simplemente tenía que pronunciarse sobre admitir o no una denuncia. Parece un fallo típico de cuando se resuelve sancionar a un médico (...) No existe en la jurisprudencia de un Colegio Médico que para admitir una denuncia haya minorías y mayorías", señaló a El Observador.
En efecto, la resolución en la que se determina no dar curso a la denuncia consta de 23 páginas, mientras que la que avaló estudiar el caso de Miralles consiste en una única carilla.
Los argumentos
Uno de los argumentos de la mayoría refiere a que lo que se busca impugnar es un acto administrativo —en este caso una resolución ministerial que reduce una inhabilitación— y no se explica "cuál sería la falta ética o deontológica concreta en que habría incurrido la denunciada", en este caso Lustemberg. Sugieren entonces que la decisión se recurra por las vías administrativas, como a través del Tribunal de lo Contencioso Administrativo.
Señalan también que la ministra actuó como jerarca y no como médica. Para la mayoría del tribunal, el solo hecho de ser médica no basta para que el tribunal valore una actuación: tiene que tratarse de acciones protagonizadas por médicos en tanto médicos.
Y citan como antecedente el caso de una denuncia presentada contra un ministro y un subsecretario en 2018 (cuando Jorge Basso lideraba el ministerio y Jorge Quian era el dos). En esa oportunidad, la mayoría alega que un Tribunal de Alzada revocó una sanción dispuesta en primera instancia por entender que ministro y subsecretario habían actuado como políticos e integrantes del Poder Ejecutivo, y no como profesionales médicos.
Por otra parte, los integrantes que quedaron en minoría sí compartieron algunos de los argumentos que habían presentado los denunciantes. Defendieron que la condición de médica de Lustemberg, pese a ser ministra, era insoslayable, porque primero se es médico.
También señalaron que existen antecedentes de juzgamientos a médicos por fuera del plano asistencial, que cabría aplicar algunos artículos del Código de Ética Médica por reducir la sanción sin motivación y por contener vicios graves de procedimiento, entre otros factores.
Schiavi coincidió en que hay antecedentes de sanciones aplicadas a médicos no vinculados al plano asistencial, pero sí por su rol como directores de mutualistas, por ejemplo.
"La ministra primero es médica y después ministra", consideró el abogado. E insistió en que "nunca se vio un pronunciamiento de 23 páginas para admitir (o no) una denuncia".